Expectativas -pero también inquietud- existe entre los actores del mercado laboral respecto a la revisión de dictámenes que está realizando las nuevas autoridades.
Consultado por el tema, hoy el subsecretario del Trabajo, Gustavo Rosende, y el director nacional del Trabajo (DT), David Oddó, plantearon que los nuevos dictámenes, con los nuevos criterios, serán dados a conocer prontamente.
“Estamos trabajando activamente para poder llegar con un par de semanas de anticipación, al menos, con los dictámenes de temas relacionados con 40 horas. El director del Trabajo está trabajando activamente para ello”, dijo Rosende.
Por su parte, Oddó agregó que los documentos serán publicados con el tiempo suficiente “para que las empresas y todas las personas, trabajadores y trabajadoras puedan organizarse ante la implementación”.
Así, ambas autoridades reiteraron que el cronograma de la normativa, que contempla reducir en dos horas la jornada laboral semanal -pasando de 44 a 42 horas- no se modificará.
“La reducción se mantiene. El 26 de abril tendremos 42 horas y en el año 2028 llegaremos a las 40”, insistió Rosende.
Con relación a los temas, el subsecretario reforzó que las materias que se están analizando dicen relación, principalmente, con el polémico inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo, el cual regula a los trabajadores que están excluidos del control de jornada (aquellas personas que no marcan tarjeta) y la hora de colación.
Fiscalizaciones a buses
Durante este fin de semana largo, la Dirección del Trabajo fiscalizará las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de 237 buses interurbanos de pasajeros ante el aumento de viajes en Semana Santa.
El objetivo del programa es verificar que las tripulaciones inicien sus turnos con los descansos legales previamente cumplidos, garantizando así la seguridad carretera de choferes, auxiliares y pasajeros.
Así, se cursarán infracciones de entre 3 UTM ($ 209.667) y 60 UTM ($ 4.193.340) si se constata, por ejemplo: exceder el máximo de 180 horas mensuales el personal de la locomoción colectiva interurbana; no otorgar un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de cada veinticuatro horas al personal de la locomoción colectiva interurbana; manejar más de 5 horas continuas el chofer de locomoción colectiva interurbana, entre otros.