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REGÍSTRATE AQUÍEn un documento el Ejecutivo aclaró quiénes tienen que volver y quiénes no.
Por: Equipo DF
Publicado: Martes 21 de abril de 2020 a las 04:00 hrs.
Duras fueron las críticas que al partir la semana reforzó la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) en contra del llamado del Ejecutivo a retomar las labores presenciales en la adminisración pública.
Y para justamente aclarar el escenario, el Gobierno emitió ayer un nuevo oficio -firmado por el director del Servicio Civil, Alejandro Weber-, en el cual estableció que los jefes de servicio deberán estar presencialmente en sus instituciones (salvo indicación médica), y serán ellos quiénes establecerán un plan de retorno gradual a las funciones prioritarias.
Para ello, se deberán identificar las funciones básicas, las prestaciones y los servicios que debe continuar entregando cada institución a la ciudadanía, señalando aquellas que, por su naturaleza, sólo pueden ser otorgadas de forma presencial.
Además, los jefes de servicio deberán justificar aquellas labores que pueden realizarse de forma remota “sin que ello comprometa adecuados grados de eficacia y eficiencia en dicha labor”, y también deberán identificar e implementar las condiciones sanitarias y elementos de protección personal para el retorno de los funcionarios a tareas presenciales.
Como segundo punto central, el documento detalla quiénes serán las personas que por estar grupos de riesgo deberán permanecer en aislamiento domiciliario.
Así, se precisa que no deben retornar a la oficina los mayores de 70 años de edad, los inmunodeprimidos, personas con enfermedades cardíacas o pulmonares, diabéticos, mujeres embarazadas y aquellos que casos en que los que “el jefe superior de servicio defina, de acuerdo a los protocolos dictados por el Ministerio de Salud, considerando especialmente el contacto estrecho con casos confirmados de Covid-19, según la definición de la autoridad sanitaria, o que por sus condiciones de salud sean especialmente susceptibles de contagio”.
¿Quiénes deben volver a sus puestos de trabajo? Aquellos funcionarios que no pertenezcan a los grupos antes mencionados, aquellos que no se encuentren con licencias médicas, ni haciendo uso del feriado legal.
Desde la ANEF mantuvieron sus cuestionamientos y, a través de un recurso de protección, señalaron que la orden a retornar a los puestos de trabajo es “un acto ilegal” porque contraviene un oficio de la Contraloría General de la República, que instruyó implementar el teletrabajo.
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