Economía y Política

Reforma que masifica firma electrónica permite hasta matrimonios online

Proyecto busca que se desarrolle plenamente el comercio electrónico y se utilicen medios tecnológicos seguros.

Por: | Publicado: Lunes 23 de julio de 2012 a las 05:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Por Rodolfo Carrasco M.




Transcurrida una década desde la entrada en vigencia de la ley que estableció la firma electrónica, ésta no se ha desarrollado de la forma esperada. Por tal motivo, el gobierno presentará la primera semana de agosto un proyecto de ley que busca masificar el uso de documentos digitales.

El proyecto -al cual tuvo acceso DF- en lo central busca que se desarrolle plenamente el comercio electrónico incentivando el uso de la firma electrónica avanzada.

En base a lo anterior, la iniciativa amplía los potenciales actos y contratos que puedan ser otorgados o celebrados mediante documento y firma electrónica, materializar el principio de equivalencia funcional y dar pleno reconocimiento a los atributos inherentes a los documentos suscritos con firma electrónica, eliminar las disposiciones que atenten contra el principio de neutralidad tecnológica y esclarecer la admisibilidad en juicio del documento electrónico y sus reglas aplicables.

El subsecretario de Economía, Tomás Flores, señaló que actualmente “los usuarios de firma electrónica deben ser unos 15 mil y el corazón del proyecto lo que busca es masificar el uso de la firma electrónica en nuestra sociedad”.

Lo anterior, explicó, “partiendo por el gobierno para que los organismos del Estado acepten documentos con firma electrónica y que la gente no tenga que entregar un papel físicamente y que además pueda ser usado para múltiples trámites”.

De hecho, indicó como ejemplo que “las personas se podrán casar por Internet con firma electrónica avanzada, si ambos la poseen; será algo que tenga todas las normas de seguridad que permitirán tener certeza de que la persona que se está casando ante el Registro Civil virtual es quien dice ser. Con firma electrónica avanzada certificamos que somos quienes decimos ser”. Además, se podrá también realizar inscripción de propiedades.

La normativa establece el principio de equivalencia funcional que busca sentar la paridad entre medios electrónicos y físicos en cuanto a sus efectos y validez, de forma tal que la firma electrónica sea vista como equivalente a la manuscrita, mientras que el documento electrónico sea reconocido como equivalente al documento en papel.

La propuesta elimina la definición de fecha electrónica e introduce los conceptos de marca de tiempo y sellado de tiempo. Si bien ambos se refieren a la determinación del momento en que se celebra el acto o contrato, en la marca de tiempo la atribución de día y hora es efectuada por el otorgante o las partes del acto jurídico, mientras que en el sellado de tiempo aquella es efectuada por un tercero de confianza, otorgando al documento electrónico un elevado estándar de exactitud e integridad en cuanto al momento en que fue suscrito.

Además se incorpora la definición de la firma electrónica simple, la cual se erige como una figura residual de la avanzada, en términos de que será aquella que no cumpla los requisitos legales, reglamentarios y técnicos de la firma electrónica avanzada.

Lo más leído