Codelco, Teck y SQM se suman a lista de empresas que deberán pagar impuesto verde
Se fijó que 92 establecimientos deberán pagar el gravamen. Destaca la salida de cuatro pesqueras y la entrada de Chuqui, Minera Quebrada Blanca y Faena Coya Sur.
Por: Karen Peña C.
Publicado: Jueves 27 de diciembre de 2018 a las 04:00 hrs.
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En los últimos días del año, el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) publicó por tercera vez el listado de establecimientos potencialmente afectos al impuesto verde sobre fuentes fijas, para el período tributario 2019. Es decir, respecto a las emisiones que se realizarán el próximo año y que deberán ser canceladas al Fisco en abril de 2020.
Esta normativa, que se fijó en el marco de la reforma tributaria de 2014, determina un cobro por emisiones al aire de material particulado (MP), óxidos de nitrógeno (NOx), dióxido de azufre (SO2) y dióxido de carbono (CO2), producidas por operaciones con calderas o turbinas desde los 50 MWt.
Hasta el momento, el único cobro que se ha realizado por impuesto verde ha sido en abril de este año respecto a las emisiones de 2017, recaudando US$ 191,3 millones.
Con este telón de fondo, el gobierno definió –a través de una revisión exhaustiva- que serán 92 los establecimientos que estarán en condición de afectos durante el período 2019.
El listado publicado por el Ministerio fijó tres nuevos establecimientos que se sumaron al listado, todos ellos del sector minero. Se trata de la División Chuquicamata de Codelco (Calama, Antofagasta), Faena Coya Sur de SQM (María Elena, Antofagasta) y Minera Quebrada Blanca de Teck (Pica, Tarapacá).
La incorporación de éstas, explican desde el MMA, se debe a los avances realizados en el registro de calderas y turbinas, implementado para la determinación de afectación de fuentes emisoras.
“Dichos establecimientos se han incorporado por primera vez en el registro, gracias al fortalecimiento institucional del Ministerio del Medio Ambiente en cuanto a la revisión y visitas inspectivas realizadas durante este año”, explicó esa cartera.
Mientras, cuatro operaciones del sector pesquero salieron de la lista: Camanchaca Pesca Norte (Iquique, Tarapacá); Orizon Planta Coquimbo; Pesquera Food Corp, y la Pesquera Fiordo Austral (Coronel, Biobío). Esto, por la eliminación de calderas, lo que reduce su potencia térmico nominal.
Otro saliente fue la generadora Diésel Iquique (Engie) al ser una unidad de respaldo desmantelada por cierre de su operación y, en la vereda de la agroindustria, IANSA Planta Linares que fue cerrada por problemas financieros de la empresa.
A juicio de Medio Ambiente, el factor común que acreditó la salida de estos establecimientos fue la decisión de sus titulares de eliminar equipamientos con tecnologías –principalmente calderas- de baja eficiencia, así como un “redimensionamiento de sus estructuras productivas y el tránsito hacia combustibles menos contaminantes”.
En el gobierno explicaron que este listado es indicativo, pero que es responsabilidad de los regulados realizar el proceso de declaración respectivo.
“Así por ejemplo, este año hemos detectado y acompañado a fuentes que aun estando afectas al impuesto, no estaban en el listado, dado que no habían cumplido con su obligación de registro de calderas y turbinas. Adicionalmente, los establecimientos tienen la posibilidad de apelar a su determinación de afecto, de manera justificada a través de la presentación de documentación técnica que acredite modificaciones tecnológicas y operativas, según corresponda”, agregaron.
Durante la elaboración del listado anterior (2017) para las operaciones afectas durante este año, inicialmente se identificaron 110 establecimientos potenciales a pagar este impuesto. Sin embargo, luego de un proceso de rectificación se llegó a un total de 94.
“El mensaje más relevante del proceso actual, es destacar el rol activo de los potenciales regulados en el registro de sus equipos. La experiencia adquirida por el Ministerio, se ha fortalecido con un programa de visitas de inspección a aquellos establecimientos de sectores con mayor representatividad, lo que permitió establecer un listado mucho más preciso en cuanto a la potencia térmica de calderas y turbinas”, precisaron.
TDLC no interviene en debate de integración del sector eléctrico
Luego de que en febrero de este año la española Celeo Redes llegara hasta el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para pedir una recomendación de la norma que restringe la integración vertical en el mercado eléctrico, el organismo antimonopolio resolvió no ejercer la atribución, ya que a su juicio resulta "inoficioso e inconducente" pronunciarse sobre ésta. Según se señala en la resolución, los antecedentes del expediente dejan de manifiesto que el Ministerio de Energía no sólo tomó conocimiento de la propuesta de modificación del marco normativa de la actividad de transmisión sugerida por Celeo Redes, sino que se pronunció abiertamente a su favor. La resolución fue acordada con el voto en contra de la ministra María de la Luz Domper, quien estuvo por ejercer la facultad.

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