Interventor de Masvida define plan de pagos para prestadores, afiliados y acreedores
Documento reconoce que garantías de la isapre no serán suficientes para cubrir deudas con todos los prestadores.
Por: Lourdes Gómez B.
Publicado: Jueves 18 de mayo de 2017 a las 04:00 hrs.
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Con el fin de inyectar confianza entre los deudores, el administrador provisional de la exisapre Masvida, Robert Rivas, emitió ayer una serie de documentos que explican las condiciones de facturación y de pago de la exaseguradora para cubrir una deuda que ascendería a unos $ 100 mil millones.
Las pautas de pagos elaboradas por el administrador y el estudio de abogados de Nelson Contador, establecen tres áreas.
La primera define el procedimiento para la emisión de cobros de consultas médicas, prestaciones hospitalizadas, programas médicos con cobertura de planes de salud, Auge y atenciones paquetizadas. En cada una de ellas, se determina que se pagarán los bonos emitidos para pacientes que hayan sido dados de alta hasta el 30 de abril.
Todas estas prestaciones deberán ser facturadas hasta el 31 de mayo y la documentación requerida para su cobro, deberá ser tramitada en cualquier agencia de isapre Masvida, inhabilitando el procedimiento vía web.
El segundo documento aclara quiénes serán los beneficiarios de las garantías legales que posee la compañía en la Superintendencia de Salud, recursos que ascenderían a unos $ 56 mil millones en depósitos y otros $ 22 mil millones en boletas de garantía, las que están siendo auditadas por Deloitte. La ley establece que sólo los afiliados de la aseguradora y los prestadores de salud serán los beneficiarios de estos recursos. En este caso, los que tendrán prioridad en el pago son los afiliados, cuyas prestaciones y licencias médicas, entre otros ítems, concurrirán primero al pago de las garantías.
Según señala el documento, se estima que estos fondos serán pagados íntegramente, ya que, trascendió, el monto involucrado para este grupo ascendería a unos $ 40 mil millones. En tanto, los prestadores podrán concurrir a prorrata al pago del remanente. Sin embargo, esto permitirá solventar sólo un porcentaje de los pasivos hacia las instituciones de salud que se les adeudan recursos.
El documento precisa que los prestadores que tengan saldos no cubiertos por la garantía, podrán recurrir al acuerdo de reorganización concursal, cuyo procedimiento establece un periodo acotado para su resolución.
Además el escrito especifica que el monto del saldo disponible para pago de acreedores, solo se conocerá una vez que la superintendencia de a conocer cuál es el monto a pagar, periodo que excederá los plazos del acuerdo judicial.
Isapre Masvida, determinó que los acreedores del 100% de la deudas serán informados como “contingentes o condicionales”. Esto permite que todos ellos puedan recurrir al acuerdo concursal que la aseguradora ingresaría la próxima semana al tribunal.
“Con esta fórmula, se permite que los prestadores sean pagados con la garantía legal, pero sin perder el derecho a participar del acuerdo (judicial) por el saldo efectivamente no cubierto por dicha garantía y a prorrata con el resto de los acreedores valistas”, establece el documento. Según datos disponibles en el Poder Judicial hasta el 15 de mayo, seis prestadores con sus respectivas filiales ingresaron demandas de cobros por facturas que ascienden a $ 8.500 millones.
Finalmente, el tercer y último documento define los pasos que se deberán seguir en el Procedimiento de Reorganización Judicial.
El escrito señala que una vez ingresada la solicitud, la compañía tiene dos días para acompañar los documentos que den cuenta de sus pasivos.
Así, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento deberá emitir un comprobante de ingreso y el estado de deudas acreditadas por un auditor externo.
Los tres mayores acreedores serán notificados y ellos deberán nominar al veedor del proceso, dando curso a los cuatro meses por los que se extenderá.
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