Banca / Instituciones Financieras

Acreencias Bancarias afectas a caducidad totalizan más de US$74 millones

Según informó la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, este año se publicaron 39.707 acreencias.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Miércoles 22 de mayo de 2013 a las 13:10 hrs.
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La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif), publicó la información relativa a las Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad, mediante un sistema de buscador en el sitio web ClienteBancario.cl, que facilita la obtención de información ya sea por nombre de personas o de instituciones.

Dicha información corresponde a una recopilación de las publicaciones realizadas por los bancos en el Diario Oficial, durante el pasado mes de marzo. Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en el artículo Nº 156 de la Ley General de Bancos (LGB).

En este año se publicaron 39.707 acreencias por parte de 20 instituciones bancarias, las que totalizan, por moneda, más de $27,9 mil millones, más de US$16,7 millones y más de 82 mil Euros, entre otras.

La Sbif explicó que el artículo N° 156 de la LGB, contempla las Acreencias Bancarias Afectas a Caducidad, estableciendo que luego de dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros que no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, deberá ser informada por el banco mediante una publicación en el Diario Oficial, siempre que su monto sea superior al equivalente de 5 Unidades de Fomento.

"Si estos montos no son cobrados luego de tres años desde que se confección la lista correspondiente -que se realiza en el mes de enero de cada año y se publica en marzo-, la institución financiera deberá enterar al Fisco esos recursos deducidos los gastos de publicación", añadió la institución.

Lo dispuesto en este artículo, no se aplica a los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática; a las boletas o depósitos de garantía; a las sumas recibidas por cheques viajeros, y en los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.

Finalmente, la Sbif resaltó que si alguna persona encuentra su nombre en el listado que se publica hoy, debe contactarse con el banco que entrega la información para recuperar el monto allí indicado.

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