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Publicado: Martes 15 de julio de 2014 a las 05:00 hrs.
En su exposición ante la Comisión investigadora por el caso Cascadas de la Cámara de Diputados, el superintendente Carlos Pavez fue claro al señalar que no se puede configurar, por los hechos investigados, el delito de uso de información privilegiada.
“No se ve que haya uso de información privilegiada, solo se entregó información falsa al mercado, pero no se constituye el delito de información privilegiada”, afirmó, luego de ser consultado por el diputado Nicolás Monckeberg.
Por otro lado, el regulador también se refirió al riesgo de que la mayoría de las operaciones incluidas en la investigación puedan caducar, señalando que “en este caso ha quedado en evidencia que eso puede suceder, porque a diferencia de cualquier otro caso que haya enfrentado la superintendencia, en el caso Cascadas se han presentado muchos recursos de protección, y otro tipo de recursos que hacen que el tiempo vaya transcurriendo. Y el tiempo sigue pasando, por lo que la superintendencia podría no lograr llegar al plazo de cuatro años para establecer sanciones”.
Respecto a las versiones que apuntan a que los plazos se corren a medida que se van presentado recursos legales, Pavez comentó que “nosotros entendemos que la jurisprudencia de los tribunales establecen que no puede haber ningún tipo de suspensión”.
“La conclusión que uno puede obtener, es que las operaciones que se llevaron a cabo en 2009 o hasta julio de 2010, ya no podrían ser sancionadas”, agregó.
Respecto a esas operaciones, el regulador señaló que “se observa una serie de infracciones en estas sociedades, donde venden acciones que son partes de sus activos. Uno puede observar, sobre todo al principio del período analizado por la superintendencia, que el activo principal de Oro Blanco, son acciones de Norte Grande, que el activo principal de Norte Grande, son acciones de Pampa Calichera, y así”.
Además, consignó que esto afectó el correcto funcionamiento del mercado de valores, y su transparencia.
Se reanuda proceso de Motta
Por otro lado, la Corte de Apelaciones levantó la Orden de no Innovar solicitada por el gerente general de las sociedades Cascada. Así, el proceso probatorio para el ejecutivo se reanuda.
Ministerio dijo que el informe económico elaborado por Econsult “no resulta idóneo para acreditar un perjuicio indemnizable, al basarse en un contrafactual monocausal, proyecciones especulativas y supuestos no contrastados”.
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