Condenan a La Polar y empresa constructora por daños en edificación
Las empresas deberán pagar 2.068 UF por daños ocasionados durante la ejecución de la obra a propietarios de dos inmuebles contiguos.
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En fallo
unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena condenó este martes a la
Constructora Pumpin&Irarrázabal Limitada (mandataria) y a la Empresa La
Polar S.A. (mandante) a pagar las 2.068 UF a cinco
propietarios de dos inmuebles ubicados en la calle Aldunate Nº 1069, de
Coquimbo por los daños ocasionados por una obra en ejecución a una vivienda
colindante.
Las
viviendas de los hermanos Lautaro, Caupolicán y Alicia Luzmila Valenzuela
Arqueros, y de los hermanos María Soledad y Mario Giussepe Dalbosco Valenzuela,
sufrieron serios daños producto de los trabajos de construcción del edificio de
la multitienda La Polar, que se ubica en calle Bilbao Nº 444.
El fallo
del tribunal de alzada determina que la empresa constructora es responsable por
su actuar negligente, ya que no previó los daños que se les provocaría al
inmueble colindante, el que finalmente tuvo que ser, prácticamente, demolido.
"La
empresa constructora ha incurrido en una conducta ilícita que toca calificar de
negligente (culpa por omisión), ya que de acuerdo con su propia profesión y
experiencia en el rubro, debió prever los efectos que los trabajos de
demolición y excavación podían producir en la estructura más débil del inmueble
vecino, debiendo adoptar las medidas preventivas de resguardo que fueran útiles
y eficaces", precisa el dictamen.
En el
fallo, también se atribuye responsabilidad a la mandataria, Empresa La Polar
S.A, por no cumplir con el deber de vigilancia de la obra mandatada.