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Condenan a La Polar y empresa constructora por daños en edificación

Las empresas deberán pagar 2.068 UF por daños ocasionados durante la ejecución de la obra a propietarios de dos inmuebles contiguos.

Por: | Publicado: Martes 21 de diciembre de 2010 a las 15:25 hrs.
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En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de La Serena condenó este martes a la Constructora Pumpin&Irarrázabal Limitada (mandataria) y a la Empresa La Polar S.A. (mandante) a pagar las 2.068 UF a cinco propietarios de dos inmuebles ubicados en la calle Aldunate Nº 1069, de Coquimbo por los daños ocasionados por una obra en ejecución a una vivienda colindante.

Las viviendas de los hermanos Lautaro, Caupolicán y Alicia Luzmila Valenzuela Arqueros, y de los hermanos María Soledad y Mario Giussepe Dalbosco Valenzuela, sufrieron serios daños producto de los trabajos de construcción del edificio de la multitienda La Polar, que se ubica en calle Bilbao Nº 444.

El fallo del tribunal de alzada determina que la empresa constructora es responsable por su actuar negligente, ya que no previó los daños que se les provocaría al inmueble colindante, el que finalmente tuvo que ser, prácticamente, demolido.

"La empresa constructora ha incurrido en una conducta ilícita que toca calificar de negligente (culpa por omisión), ya que de acuerdo con su propia profesión y experiencia en el rubro, debió prever los efectos que los trabajos de demolición y excavación podían producir en la estructura más débil del inmueble vecino, debiendo adoptar las medidas preventivas de resguardo que fueran útiles y eficaces", precisa el dictamen.

En el fallo, también se atribuye responsabilidad a la mandataria, Empresa La Polar S.A, por no cumplir con el deber de vigilancia de la obra mandatada.

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