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El precedente en el acuerdo de CCU
Por: | Publicado: Miércoles 26 de octubre de 2011 a las 05:00 hrs.
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El TDLC sugirió ayer a las partes que a la hora de llegar a un acuerdo consideren el precedente el caso de CCU con cervecerías independientes en 2008.
Dicho acuerdo señala que CCU Chile se compromete a no establecer, ni unilaterlamente ni mediante acuerdos, ni de ninguna otra forma, ni exclusividad vertical ni incentivos exclusorios.
El mismo documento agrega que para la resolución de conflictos, se delega la designación de árbitros en una institución independiente o la sujeción a la justicia ordinaria. Asimismo, se autoriza a los establecimientos a exhibir cerveza de terceros, así como incluirla en los menús y cartas.
Con este acuerdo, CCU quedó obligada a extender los compromisos asumidos a las personas que elaboren, distribuyan y comercialicen cerverza.
El mismo documento agrega que para la resolución de conflictos, se delega la designación de árbitros en una institución independiente o la sujeción a la justicia ordinaria. Asimismo, se autoriza a los establecimientos a exhibir cerveza de terceros, así como incluirla en los menús y cartas.
Con este acuerdo, CCU quedó obligada a extender los compromisos asumidos a las personas que elaboren, distribuyan y comercialicen cerverza.