Alto Maipo logra triunfo en el Tribunal Ambiental y confirma legalidad de plan de cumplimiento para evitar multa
La instancia -con un voto parcialmente disidente- rechazó tres reclamaciones en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la aprobación de este instrumento.
Por: Karen Peña
Publicado: Jueves 4 de noviembre de 2021 a las 11:00 hrs.
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A pocas semanas de que el proyecto hidroeléctrico Alto Maipo comience a producir electricidad, la empresa se anotó un triunfo en una disputa judicial que mantenía abierta. Esto, porque el Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, rechazó tres reclamaciones que buscaban invalidar un programa de cumplimiento que le había sido aprobado a la compañía, para subsanar algunos aspectos de la inciativa en base a su permiso ambiental.
La causa estuvo ocho meses en acuerdo en el tribunal y esta mañana se conoció la sentencia, la que tuvo un voto parcialmente disidente. Con esto, se determina que el programa de cumplimiento se ajusta a derecho, aunque aún esto puede ser conocido en la Corte Suprema.
El proyecto hidroeléctrico Alto Maipo, impulsado por la norteamericana AES Andes, había logrado su permiso ambiental en 2009. Sin embargo, fue en enero de 2017 cuando la Superintendencia de Medio Ambiente formuló cargos en su contra, a raíz de 14 incumplimientos, nueve de los cuales eran graves.
La empresa se aceptó las imputaciones, pero se acogió al beneficio de presentar un plan de cumplimiento para revertirlas y, así, evitar la multa. Fue el 6 de abril de 2018 cuando esto se aprobó por parte de la SMA, tras lo cual una concejala por San José de Maipo, la Coordinadora Ciudadana No Alto Maipo y un grupo de vecinos fueron hasta el Tribunal Ambiental.
"Que, habiendo esta judicatura analizado en detalle cada una de las alegaciones de las reclamantes en torno al acto administrativo asociado al programa de cumplimiento de Alto Maipo SpA, que aborda los 14 cargos formulados previamente por la SMA y que fue aprobado en la resolución reclamada, el Tribunal estima que aquel se encuentra debidamente motivado y, por tanto, conforme a derecho", sostiene el dictámen.
Según se explica, el programa de cumplimiento en cuestión se orienta efectivamente al cumplimiento de la normativa aparentemente infringida, "haciéndose cargo de forma adecuada de los efectos negativos relevantes de dichas infracciones, de lo cual dan cuenta los numerosos estudios realizados por la empresa que sustentan los hechos asociados a los cargos".
Asimismo, se agrega, el componente hidrogeológico, particularmente sensible a la etapa de construcción del proyecto, "se ha orientado a una actualización mediante una revisión excepcional del artículo 25 quinquies de la Ley 19.300, como corolario del ejercicio de la tutela cautelar por este Tribunal".
Así, el fallo concluye que "no es posible realizar un reproche de legalidad a lo obrado por la SMA con respecto al proyecto, por lo que la reclamación será rechazada en su integridad".
Revisión del SEA
Pese a esto, el Tribunal resolvió ordenar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que realice una interpretación administrativa de la resolución que aprobó el proyecto en lo referente a tráfico vehicular asociado al proyecto, dado que dicho permiso contiene reglas no del todo coherente para regular esta materia. Para esto, le dio 60 días.
El Tribunal advirtió que "a la fecha de dictación de esta sentencia, no se ha podido ajustar el protocolo de horarios de transporte atendida la falta de pronunciamiento del SEA sobre la solicitud de interpretación de la Resolución de Calificación Ambiental referida".
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz -quien redactó la sentencia-, Cristián Delpiano; y Fabrizio Queirolo. La disidencia fue plasmada por Delpiano, quien estuvo por acoger parcialmente la reclamación en relación con cargos vinculados a biodiversidad, aguas y transporte y ruido asociado.
El análisis del Tribunal
Respecto de materias de biodiversidad -como la afectación de vegas y avifauna-, la sentencia sostiene que los antecedentes presentados en el programa de cumplimiento resultaban suficientes para describir o descartar, en su caso, los efectos negativos del incumplimiento ambiental de Alto Maipo y que las acciones y metas comprometidas aseguran el cumplimiento de la normativa infringida, además de hacerse cargo de dichos efectos.
Lo mismo resolvió respecto de los cargos asociados tronaduras, ya que el Tribunal "reconoce que la actividad de tronaduras bajo un glaciar y un área protegida constituyen un elemento de la mayor preocupación, sin embargo, las conclusiones del informe técnico (...) permitieron a este Tribunal confirmar lo sostenido por la SMA, en el sentido que se descartaron adecuadamente los efectos (derivados del incumplimiento normativo ambiental)".
La sentencia también desestimó las alegaciones de los reclamantes en relación con aspectos vinculados con el recurso hídrico. El Tribunal estimó que "se han descartado debidamente los efectos negativos sobre la cantidad de los recursos hídricos superficiales, generados por el afloramiento de agua a causa de la construcción de los túneles".
En la sentencia se detalla que las aguas afloradas en los túneles no tienen el mismo origen que las que fluyen por los ríos, ya que su recarga proviene de precipitaciones locales de menores altitudes, la que se ha infiltrado desde las laderas a través de estructuras geológicas con niveles de mayor fracturamiento o contactos entre eventos volcánicos. Mientras, las aguas superficiales de los ríos Maipo, Colorado, Yeso y Volcán provienen de altitudes sobre los 4.000 msnm, asociadas a deshielo cordillerano.
Finalmente, el Tribunal pudo descartar una afectación a los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas de terceros constituidos en el Sector El Manzano.
Firma espera terminar reestructuración a mediados de 2022
Otro de los frentes que está abordando el proyecto hidroeléctrico de 531 MW es la reestructuración financiera que iniciaron hace unos meses, dado el riesgo que había de no cumplir con los compromisos dadas las condiciones del mercado.
En conferencia de resultados trimestrales, los máximos ejecutivos de AES Andes detallaron que esperan terminar la reestructuración con los financistas durante la primera mitad de 2022. Esto, porque están negociando una estructura de capital más flexible en el largo plazo, lo que según ha trascendido implicaría alargar el vencimiento de la deuda.
Además, la firma detalló que en las próximas semanas comenzará el funcionamiento de la iniciativa, donde pronto comenzarán con el llenado de agua, para comenzar a generar electricidad en diciembre. Luego se harán pruebas y revisiones, para comenzar a operar comercialmente en marzo.
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