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REGÍSTRATE AQUÍEl panel de Expertos, suerte de tribunal que dirime las discrepancias en el sector, respaldó la posición de la Comisión Nacional de Energía, que planteó un valor de $ 7.034 por dispositivo.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Miércoles 23 de agosto de 2017 a las 16:13 hrs.
Como un segundo triunfo ante las distribuidoras eléctricas, calificó la Comisión Nacional de Energía (CNE) la decisión del Panel de Expertos eléctricos en la disputa por el valor del arriendo del medidor de luz electrónico para clientes regulados, fundamentalmente residenciales.
Esto porque la instancia, una suerte de tribunal que dirime las discrepancias de este sector, validó la postura de la autoridad que en el informe técnico de "Fijación de Fórmulas Tarifarias de Servicios no consistentes en suministro de energía, asociados a la distribución de electricidad", que es parte del proceso de fijación tarifaria, estableció este cobro en $7.034, lo que motivó el reclamo en junio de las concesionarias Enel Distribución y Chilquinta, que pidieron emplear valores superiores de $ 9 mil y $ 10.085, respectivamente, mientras que CGE Distribución planteó un precio de $ 14 mil por equipo.
"El gobierno, a través de la Comisión Nacional de Energía, siempre velará por el interés de los consumidores, haciendo que las empresas sean más eficientes en su gestión", señaló el secretario ejecutivo de la entidad, Andrés Romero, quien añadió que en "en este caso, evitamos alzas de hasta 100% en el precio de los medidores".
El dictamen del panel de expertos se suma a uno anterior que obtuvo la entidad por la rentabilidad de las distribuidoras de gas, que mantuvo la Tasa de Costo de Capital (TCC) de dicha industria entre 6 y 6,7%. En este dictamen los integrantes del panel, sin embargo, advirtieron que la rentabilidad efectiva de las empresas no necesariamente llegará a las cifras planteadas por la CNE, puesto que "no se trata de una rentabilidad asegurada", reza el fallo.
Añaden que "es poco probable que alguna distribuidora de gas sobrepase la tasa establecida porque el efecto para una empresa de exceder su tasa de rentabilidad máxima es reducir en, al menos, 3% su rentabilidad".
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