SMA a Alto Maipo: “Se debe someter a la autoridad evaluadora los cambios” al proyecto
La entidad constató que hay instalaciones que no estaban contenidas en el permiso ambiental, lo que debe ser regularizado.
Por: Tomás Vergara P.
Publicado: Miércoles 10 de enero de 2018 a las 04:00 hrs.
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Un nuevo contratiempo enfrenta el emblemático proyecto Alto Maipo, luego de una serie de observaciones que realizó la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) al programa de cumplimiento presentado por el proyecto controlado por Aes Gener hace justo un año, para corregir una serie de faltas detectadas.
En la resolución expedida por la autoridad medioambiental, se pide a la empresa actualizar profundamente los detalles del programa de cumplimiento, entre ellos las obras ejecutadas, plazos y los costos asociados.
El tema central tiene que ver con una inconsistencia en los informes sobre los efectos negativos producidos en las aguas subterránes y subsuperficiales, por lo que se solicitan nuevos estudios al respecto, en el que además, se pide incluir un análisis respecto al radio de influencia del drenaje producido por los túneles de la obra.
La situación se produce sólo días después que la empresa decidiera retirar una consulta ante el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en la que se preguntaba si para una serie de modificaciones realizadas al proyecto original debían solicitarse permisos ambientales adicionales.
Según la compañía, esto se debió a “la necesidad de incorporar en el proceso las nuevas observaciones emitidas por la SMA”.
En ese documento, la compañía informaba sólo sobre ajustes con los volúmenes del material a disponer, así como la instalación de la maquinaria necesaria para la construcción de los túneles.
Uno de los puntos de la resolución de la SMA apunta a que en el marco del programa de cumplimiento presentado por AES Gener, se han realizado obras que no están contenidas en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y que, por lo tanto, no cuentan con la autorización respectiva.
Una de ellas tiene que ver con las filtraciones de aguas afloradas, que fueron solucionados a través de la instalación de una nueva planta para tratar estos recursos que surgen al interior de los túneles.
“El proyecto no se ajusta a lo evaluado”, por lo que “se debe someter a la autoridad evaluadora el conjunto de cambios ya realizados y/o por realizar, por parte de la compañía al manejo, tratamiento, y descarga de las aguas que surgen durante la construcción de los túneles”, dice la SMA.
La entidad fiscalizadora explicó que según la ley “en ningún caso se aprobarán programas de cumplimiento por medio de los cuales el infractor intente eludir su responsabilidad, aprovecharse de su infracción, o bien, que sean manifiestamente dilatorios”.
Para solucionar esto, la empresa tiene tres vías. La más simple es una pertinencia, donde se le pide a la autoridad que determine si es necesario o no pedir permisos adicionales. Si la respuesta es negativa, la empresa podría tener que presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o, en el peor escenario, en un Estudio (EIA).
AES Gener sostuvo que todo esto no generará retrasos, ya que las observaciones emitidas por la SMA “no conlleva la necesidad de paralizar obras en ningún frente de trabajo”. La firma tiene 10 días para entregar la información requerida por la autoridad.
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