La Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus) no se quedó tranquila con lo sentenciado hace algunas semanas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) y este martes presentó un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.
En él, representado por los abogados Mario Bravo y Gabriel Trafilaf, Conadecus pidió al máximo tribunal que devuelva el expediente al TDLC para que decrete las diligencias “denegadas reiteradamente”, reúna antecedentes y acoja las tres medidas propuestas que rechazó en dicha oportunidad.
Estas, en sencillo, fueron: limitar las estructuras piramidales de las empresas –cosa que no pudieran tener “más de dos capas” en sus mallas societarias–; imponer restricciones a la propiedad de empresas financieras y empresas que operan en la economía real; y una obligación específica de considerar los niveles de “concentración económica agregada” (CEA) al momento de asignar concesiones o derechos por parte del Estado.
Dichas medidas formaban parte de un paquete de cuatro recomendaciones que Conadecus hizo en total. La cuarta, cabe recordar, sí tuvo suerte y fue acogida por el TDLC, quien finalmente propuso al Presidente, a través del Ministerio de Hacienda, incorporar al boletín “Crea un Registro Nacional de Personas Beneficiarias Finales” –que ya está en actual tramitación en el Congreso Nacional– la obligación de informar las relaciones de propiedad y gestión relevantes que no están actualmente incluidas.
El rechazo de diligencias
El eje central del recurso es lo que la asociación denomina el "vaciamiento de contenido del proceso". Según sostuvo Conadecus, el tribunal rechazó las tres medidas propuestas por falta de antecedentes que las justificaran.
Sin embargo, la corporación alegó que ellos solicitaron “reiterada e insistentemente la realización de diligencias destinadas a recabar antecedentes para una mejor resolución del asunto sometido a conocimiento del tribunal”. No obstante, en diversas ocasiones estas fueron rechazadas.
En esta línea, también cuestionó que el tribunal se basara en informes aportados por grupos económicos y entidades afines –que, “por cierto, rechazan cualquier regulación”– y, al contrario, no tuviera la misma actitud para acoger sus solicitudes.
Anomalías y abusos
Según la corporación, el “vaciamiento de contenido del proceso” se dio a partir de un conjunto de “anomalías y abusos” de parte del TDLC. Entre ellos, mencionó dos multas impuestas a Conadecus durante la tramitación y el largo periodo de 475 días que pasó desde que la causa quedó en acuerdo hasta la resolución.
Asimismo, también cuestionó un artículo sobre el propósito de la libre competencia que los ministros redactores publicaron en agosto de 2025 en Estudios Públicos. Este, a juicio de Conadecus, “representa un sesgo manifestado por el juzgador estando pendiente la resolución de estos autos”.
A este se sumaría una entrevista del exministro del TDLC, Ricardo Paredes, al medio The Clinic, en el que advirtió que observa “con preocupación la existencia de casos en que los honorarios de los abogados de las asociaciones de consumidores no quedan debidamente transparentados y pueden terminar operando contra el interés de los propios consumidores”.