Código de Aguas se destraba: senadores definen 7 puntos de votación constitucional desde el lunes
Los senadores Andrés Allamand y Víctor Pérez definieron los temas sobre los cuales se pronunciará la instancia, en un paso clave previo a la vista en la sala.
Por: Magdalena Arce L.
Publicado: Miércoles 15 de julio de 2020 a las 04:00 hrs.
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Esta semana se logró dar un paso clave en la tramitación de la reforma al Código de Aguas que se encuentra en la comisión de Constitución del Senado desde abril. Esto, luego que se lograran fijar los puntos a discutir tras una ronda de exposiciones de expertos constitucionalistas que se extendió por varias sesiones.
En un hecho poco usual, la instancia decidió la semana pasada que serían los senadores Andrés Allamand (RN) y Víctor Pérez (UDI) -y no la secretaría- los encargados de definir los temas a votar, dado que en general esta comisión solo se remite a la discusión de los puntos controvertidos que podrían chocar con la Carta Fundamental.

Así, en la sesión de este lunes, se determinó que serán un total de siete puntos sobre los cuales tendrá que pronunciarse la comisión y algunos de ellos se relacionan con las indicaciones presentadas por el gobierno cuando aún se discutía en la comisión de Agricultura, paso previo a esta instancia.
La abogada experta en temas hídricos del Estudio Elías Abogados, Paula Elías, ve el mecanismo por el que se optó como una señal más bien positiva. “El encargo fue con el propósito de identificar los artículos que han concitado el interés de la comisión y debiera contribuir a facilitar la discusión que ya cumple nueve años”, indicó.
De este modo, el lunes comenzará a votarse el artículado, lo que se estima podría durar varias sesiones, dado lo complejo del tema y las distintas posturas que hay. Si el articulado logra luz verde, pasaría a la sala del Senado, cerrando así su segundo trámite legislativo.
Los ejes a analizar
El primero de los artículos sobre los cuales se deberá pronunciar la comisión -presidida por Alfonso De Urresti e integrada, además de Allamand y Pérez, por Pedro Araya y Francisco Huenchumilla-, establece la temporalidad de los derechos de aprovechamiento de aguas. El problema de fondo de la propuesta es que, tal como quedó redactado el texto, se crean dos grupos de personas con distintos derechos. Por un lado, están quienes ya los poseen y los seguirán teniendo por tiempo indefinido y, por otro, los nuevos titulares, donde la concesión durará 30 años (con posibilidad de renovarlos 10 años antes de que expiren).
Otro punto es la caducidad de los derechos por no uso. Esto no existe en la actual normativa, pues el Ejecutivo ya ha planteado que la mejor opción es el pago de patentes por no uso.
Un tercer tema es la retroactividad de la extinción a derechos constituidos con anterioridad a la reforma.
La facultad de la Dirección General de Aguas (DGA) para limitar o suspender los derechos en caso de que exista grave afectación al acuífero o fuente, es otro de los puntos a revisar. El nuevo artículo amplía la jurisdicción de la autoridad, pues incluye las aguas superficiales y, además, extiende el objeto de protección. La norma vigente sólo habla de la sustentabilidad del acuífero, pero ahora se consideran también el consumo humano y la conservación ecológica.
El resto de los puntos a tratar tienen que ver con la falta de indemnización en el caso de que se redistribuyan las aguas a consecuencia de un decreto de escasez hídrica; la facultad de la Dirección General de Aguas de reducir los derechos de aprovechamiento cuando un titular se sienta perjudicado o cuando, existiendo dos o más juntas de vigilancia, no haya acuerdo entre ellas en cuanto a la distribución del recurso; y, por último, la nueva facultad que se le entrega al Presidente de la República de constituir derechos para subsistencia de la población, aun cuando no exista disponibilidad.
Elías señala que esta instancia “resulta especialmente desafiante para los legisladores, atendido que muy probablemente este tema será discutido en el plebiscito que se encuentra pendiente, por lo que se abre una oportunidad para allanar, a través de grandes acuerdos, y con la debida reflexión, el camino a una discusión que se dará previsiblemente en un momento más acalorado y por tanto, con menor espacio de conducción”.
Los nueve años de la iniciativaMarzo 2011
- Se da inicio a la tramitación de la reforma en la Cámara de Diputados. Allí estuvo más de cinco años, y luego de ser votada favorablemente en sala, pasó a segundo trámite constitucional. En el texto despachado se consignó la temporalidad de los derechos de aprovechamiento y la caducidad por no uso.
- Noviembre 2016
- Comienza la discusión en el Senado. En los más de tres años que lleva en la Cámara Alta, el proyecto pasó por las comisiones de Recursos Hídricos y Agricultura, sólo restando la de Constitución.
- Enero 2019
- Tras varios meses de espera, finalmente el gobierno ingresó indicaciones, referidas precisamente a los puntos que generaron más controversia durante su debate. En específico, el Ejecutivo planteó la necesidad de otorgar los derechos por tiempo indefinido -tal como lo establece la Ley vigente- y no aplicar la extinción por no uso, sino que un mecanismo que duplica el valor de la patente cada cinco años, para incentivar su devolución en caso de no uso.
- Enero 2020
- Sin acoger las indicaciones más controversiales, la comisión de Agricultura despachó el texto, donde se establece el nuevo régimen de concesiones para los derechos de aprovechamiento de agua. Pese a que el Ejecutivo incluyó dentro de las observaciones la incorporación de un panel de expertos, finalmente ellos mismos optaron por desecharlo.
- Abril 2020
- Comienza su discusión en la Comisión de Constitución. El análisis de cada punto podría tomar algunas semanas, y posterior a su despacho, será votada en Sala. Dado que ha tenido cambios, deberá ser visto por la Cámara de Diputados.
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