Essal solicita inhabilidad del superintendente (s) de servicios sanitarios en procesos que abrió en su contra tras cortes en Osorno
La sanitaria señaló que Jorge Rivas incumple los principios de “probidad, imparcialidad y abstención” por sus juicios de valor emitidos durante el episodio de Osorno en julio de 2019.
Por: Magdalena Arce L.
Publicado: Lunes 22 de junio de 2020 a las 13:00 hrs.
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El directorio de Essal -filial de Aguas Andinas que opera en la región de Los Lagos- solicitó formalmente esta mañana la inhabilidad del superintendente (s) de servicios sanitarios, Jorge Rivas, en los dos procedimientos administrativos iniciados contra la sanitaria por el incidente de julio de 2019 que dejó sin suministro de agua potable a la ciudad de Osorno durante 10 días.
A través de un comunicado, la administración de la empresa sostuvo que Rivas "incumple los principios de probidad, imparcialidad y abstención que las normas legislativas de Chile establecen para un funcionario público en los dos procesos abiertos contra Essal -el sancionatorio y el de caducidad de las concesiones de producción de agua potable en de Osorno-, toda vez que emitió juicios de valor que pondrían en dichos principios".
En los escritos presentados ante la SISS, la sanitaria aporta una seguidilla de declaraciones del superintendente (s), donde según argumentan los abogados, la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado prohíbe a los funcionarios participar en decisiones en las que exista cualquier circunstancia o motivo que les reste el principio debido de imparcialidad.
Las polémicas declaraciones
Algunas de las declaraciones emitidas por Rivas son: "La SISS impondrá la máxima sanción que permita la ley debido a la inoperancia de la sanitaria Essal (13 de julio 2019)"; "Respecto a la sanción, nosotros hemos dicho que cada incumplimiento tiene diferentes niveles y efectivamente esto es una falta gravísima, y en nuestra legislación tiene un monto límite que son 600 millones que se han hablado" (16 de julio de 2019)", entre otras.
Con todo, la sanitaria esgrimió que "las innumerables declaraciones del superintendente (s) tras el incidente en Osorno constituyen de manera evidente y, sin lugar a duda, un pronunciamiento previo respecto a la calificación de los hechos por parte de la misma autoridad quien, solo una vez finalizado el procedimiento administrativo podría sancionar a Essal. Por tanto, en el escrito se señala que ambos procedimientos adolecen de un vicio de nulidad".
De forma paralela, la semana pasada grupo Suez se hizo parte del proceso de caducidad que la SISS está llevando a cabo contra la concesión de producción de agua potable de Essal en Osorno. Grupo Suez señaló que de no acceder la autoridad sanitaria, someterán la controversia a un arbitraje internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias (Ciadi); institución del Banco Mundial cuya sede está en Washington, Estados Unidos.
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