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REGÍSTRATE AQUÍProblemas apuntan a cómo se define qué empresas son principales clientes, proveedoras y competidoras.
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 1 de febrero de 2010 a las 05:00 hrs.
Pocos han sido los directorios de empresas que han podido comenzar la época de vacaciones. Varios aspectos de la Ley de Gobiernos Corporativos han generado una carga adicional de análisis en las sociedades anónimas abiertas.
Y si en un comienzo una de las primeras reglas que inquietó fue la definición de directores independientes, en estos días se ha vuelto recurrente la preocupación por lo que llaman "falta de claridad y límites" en la información que requiere la nueva legislación a fin de evitar conflictos de interés entre los altos ejecutivos.
La normativa establece que los directores, altos ejecutivos y gerentes deben informar a la empresa que pertenecen los valores que tengan en las propiedades de las principales empresas competidoras, proveedoras y clientes.
Es en torno a este punto donde se han generado, según coinciden distintos abogados y asesores expertos en el tema, un sinnúmero de cuestionamientos, puesto que cada compañía debía adoptar desde el 1 de enero de 2010 un mecanismo que permita que esta información se entregue mensualmente.
"La implementación práctica de ciertas exigencias resulta compleja o requiere de ciertas definiciones previas, como por ejemplo qué se entiende por principales competidores"", asegura el socio de PricewaterhouseCoopers, Renzo Corona.
Coincide con esta postura el abogado de Guerrero Olivos, Jorge Delpiano: "Las compañías han estado creando estos mecanismos, pero sin un criterio claro de a qué se refiere cuando se habla de "relevante" (…) Las empresas están un poco a la deriva".
El abogado de Carey y Cía., Cristián Eyzaguirre, agrega que existe una carga administrativa mayor, considerando que cada empresa debe determinar un mecanismo que haga operativa y eficiente la entrega de información que se requiere.
Ejemplos concretos
En el caso de los clientes principales, el conflicto que se genera parte por si su calidad de cliente "relevante" se define por los montos involucrados o no.
Indican que muchas empresas tienen clientes con que han operado una sola vez, pero con cantidades significativas.
Por el contrario, también existen otros clientes que son estratégicos por el tipo de compañía, pero que tienen regularmente transacciones involucradas de montos menores.
Otro conflicto se desprende de disposiciones adicionales que también incrementan la entrega de información.
La nueva Ley mandata a gerentes, altos ejecutivos y directores a informar cuando realicen transacciones con acciones de la empresa a la que pertenecen.
También mandata a que deberán informar sus patrimonios en valores de la compañía a la hora de asumir o renunciar a sus cargos; o cuando realicen una transacción que genere un cambio significativo en su participación accionaria en la empresa a la que pertenece.
El conflicto se genera porque esta información se debe entregar a las bolsas de donde está registrada la compañía y, en muchos casos, existen empresas multinacionales que operan en más de un mercado.
Los asesores señalan que las preguntas se concentran en a quién deben informar, sí a todos los mercados donde la empresa está registrada; y a la forma, considerando que son otras autoridades independientes a las locales.
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