La Corte Suprema desestimó el recurso de casación presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó demanda por infracción a la Ley de Propiedad Intelectual presentada por Televisión Nacional de Chile (TVN), en contra de VTR.
En fallo unánime (causa rol 8477-2011), los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal Nibaldo Segura, Juan Araya, Guillermo Silva y Rosa María Maggi; además del abogado integrante Jorge Lagos, rechazaron la acción judicial interpuesta por TVN en contra de VTR Banda Ancha S.A., por el uso de la señal del canal estatal en la parrilla de la televisión de pago.
La resolución del máximo tribunal determinó que no hubo infracción de ley en la decisión que rechazó la demanda interpuesta por el canal de televisión abierta, al considerar que VTR no ha incumplido el contrato firmado en 1996 y que lo autorizó difundir la señal del demandante.
"Como se advierte, el fallo da efectivamente por acreditado el derecho de dominio y sus atributos que tiene TVN, pero igualmente establece el derecho de VTR para transmitir, por sus señales de cable, la programación que TVN y UCTV emite por sus señal abierta de su propiedad, que emana de un contrato entre las partes que se viene aplicando en el tiempo desde el año 1996", señala uno de los párrafos del fallo.
"En consecuencia, los sentenciadores del grado no han infringido la normativa sobredicha, más bien la han interpretado y aplicado correctamente", concluye.