TDLC aprueba acuerdo entre FNE y Telefónica que pone fin a la paquetización de la TV de pago a través de fibra óptica
La compañía deberá informar a los clientes que contrataron este servicio que pueden solicitarlo de forma independiente y permitirles deshabilitar de manera gratuita uno o más de los productos del pack.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Miércoles 14 de enero de 2015 a las 18:33 hrs.
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó el 13 de enero un acuerdo conciliatorio presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y Movistar para poner término al requerimiento que presentó el organismo en julio de 2014 contra la compañía, acusándola de incumplir el artículo 3 del DL 211 y las Instrucciones de Carácter General N° 2 (IG2), normativa dictada por el Tribunal.
En su requerimiento, la FNE acusó a la empresa de haber "ofertado servicios de televisión por medio de fibra óptica cuya contratación ha estado condicionada a la suscripción de servicios de internet banda ancha provistos por la misma tecnología".
En el acuerdo, que ingresó el 17 de diciembre al TDLC, la empresa se obligó a modificar las condiciones comerciales bajo las cuales se comercializa el servicio de TV de pago provisto por medio de Fibra Óptica (conocido como IPTV), de manera de dar cumplimiento a las IG2.
En relación a los clientes que a la fecha del acuerdo ya tenían tienen contratado IPTV de manera paquetizada al de internet banda ancha (planes denominados Dúos y Tríos), Movistar se obligó a informarles explícitamente sobre la posibilidad de contratar cada uno de esos servicios de manera independiente, junto con permitirles deshabilitar de manera gratuita cualquiera de los servicios que componen el pack.
Hacia el futuro, Movistar, junto con obligarse a ofrecer y publicitar el servicio IPTV de manera separada a otros servicios, se comprometió a incluirlo dentro del protocolo que debe seguir su fuerza de venta al momento de informar a los usuarios sobre las condiciones de contratación del servicio
Asimismo, durante seis meses, la compañía cobrará un cargo máximo de $34.990 (en lugar de los $74.990 que pide actualmente) por la instalación de IPTV en forma independiente. Una vez cumplido ese plazo, podrá establecer nuevos valores para este ítem, pero debiendo informarlo a la FNE y velar porque no constituya una barrera para la contratación de IPTV de manera independiente.
Sobre este tema, debe considerarse que uno de los puntos centrales del requerimiento de la FNE decía relación con que Telefónica habría condicionado la contratación del servicio IPTV al de internet banda ancha, por la vía de cobrar un alto costo de instalación cuando el IPTV era comercializado en forma independiente (inicialmente $150.000 y luego $74.990), en circunstancias que dicho costo de instalación no existía cuando el producto era vendido de manera paquetizada al de internet.
Telefónica también se obligó a capacitar a su fuerza de venta interna y externa en temas de libre competencia, informar a los clientes sobre los términos del acuerdo a través de mensajes de texto y publicaciones en dos diarios de circulación nacional, además de certificar ante la FNE el cumplimiento de los compromisos adoptados, mediante un informe de un auditor externo.
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