Gobierno ingresa indicaciones que “reformulan” proyecto de royalty minero
Nuevo gravamen recaudaría un 0,6% adicional del PIB, de lo cual 0,46% del PIB sería producto de la nueva estructura y el 0,15% restante resultado del crecimiento de la producción..
Por: Valeria Ibarra
Publicado: Martes 25 de octubre de 2022 a las 19:55 hrs.
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Y la incertidumbre se despejó. Al menos, parcialmente. El Ministerio de Hacienda ingresó este martes 24 de octubre las indicaciones al proyecto de ley de royalty minero, las que incluyen una simplificación y reducción del componente ad valorem; un cambio de la base del componente variable, que se determinará en base a rangos de margen operacional minero en lugar de precios del cobre; una reducción o eliminación del componente ad valorem para empresas que pudieran enfrentar pérdidas operacionales como producto de su aplicación; y la inclusión de la depreciación como parte del cálculo del margen operacional minero.
Los cambios a la iniciativa son fruto de varias semanas de conversaciones con parlamentarios, representantes de la industria minera, académicos y expertos del sector.
“Las conversaciones nos han permitido encontrar una alternativa que equilibra mejor los objetivos de recaudación con el crecimiento de la industria”, dijo Mario Marcel.
Al respecto, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, señaló que “estamos agradecidos de las conversaciones sostenidas en las últimas semanas, que nos han permitido encontrar una alternativa que equilibra mejor los objetivos de recaudación con el crecimiento y desarrollo de la industria”.
Ad valorem reducido
En términos generales, el nuevo royalty propone establecer un impuesto ad valorem de tasa plana de 1% para la gran minería del cobre cuya explotación supere las 50 mil toneladas, excluyendo de esta forma a la mediana minería. En caso de que el margen operacional sea negativo, no procederá el pago de este gravamen. También cambia la escala de tasas para aplicar el impuesto en función del margen operacional de las empresas mineras, las que fluctuarán entre 8% y 26%. Para el cálculo de margen operacional se podrán descontar los gastos propios de la faena productiva, insumos y la depreciación.
Considerando estos cambios, se estima que el royalty minero recaudaría 0,6% adicional del PIB, de lo cual 0,46% del PIB sería producto de la nueva estructura y el 0,15% restante resultado del crecimiento de la producción y los costos.
Respecto de la recaudación, se incorporan nuevos destinatarios distribuyendo parte importante de los recursos a gobiernos locales y regionales, con especial prioridad a aquellos de zonas mineras. Para compensar por las externalidades negativas que conlleva la extracción mineral, se entregarán US$ 20 millones en total a distribuir entre las 25 comunas mineras que mantengan dentro de sus territorios faenas de explotación que estén sujetas al pago del royalty.
Reforma Tributaria
Por otro lado, en la segunda sesión de votación en particular de la Reforma Tributaria realizada este martes, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados avanzó con la aprobación de los artículos asociados a las modificaciones sobre secreto bancario y la norma de tasación.
En lo que respecta a secreto bancario, las indicaciones del Ejecutivo aprobadas apuntan a que el procedimiento entregue mayor certeza para todos los intervinientes cuando la entidad bancaria deba entregar la información solicitada. Así, el SII notificará del requerimiento por carta certificada tanto al banco como al contribuyente y, si este último se opone y reclama judicialmente, los datos no serán entregados hasta que exista una sentencia por parte del tribunal tributario.
Respecto a este último punto, el Ministro explicó que el proyecto original “se incluía la posibilidad que el solicitante podría comparecer sin el patrocinio de un abogado. Pero en el trabajo con los asesores y distintos actores se llegó a la conclusión de que era preferible excluir esta opción de tal manera que los intereses del contribuyente estuvieran adecuadamente defendidos y no quedaran en una situación de menoscabo”.
En cuanto a la norma de tasación, el proyecto busca entregar mayor certeza a los contribuyentes estableciendo la posibilidad de utilizar métodos de amplia aplicación para acreditar que sus operaciones se realizan a valores de mercado. Entre las indicaciones se agrega la posibilidad de que el contribuyente no utilice ningún método, manteniendo la obligación de acreditar, en caso de que se requiera, los antecedentes de la transacción analizada.
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