Banca & FinTech

Medios de pagos: Banco Central propone cambios en regulación de operaciones transfronterizas

La autoridad indicó que espera que las transformaciones propuestas faciliten el desarrollo de nuevos modelos de negocios.

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Lunes 24 de julio de 2023 a las 11:17 hrs.
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Foto: Archivo
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La industria de medios de pago tiene cambios. El Banco Central anunció a través de un comunicado de prensa que adaptará y actualizará su regulación sobre emisión y operación de medios de pago a nuevos modelos de negocios. 

Para ello, el Consejo del ente rector acordó publicar -en consulta- un conjunto de perfeccionamientos a la regulación de este mercado. 

Son tres las transformaciones que se concretarían. Una de ellas es la incorporación de los proveedores de servicios de procesamiento de pagos (PSP) y suboperadores que realicen actividades de pago o liquidación al perímetro de regulación, bajo criterios de proporcionalidad en requerimientos prudenciales.  Y otro cambio relevante es la regulación de los pagos transfronterizos. 

El instituto emisor mencionó que con esto busca “promover el desarrollo de mercados de medios de pago eficientes, seguros e inclusivos, con el objetivo de que una mayor proporción de la población pueda beneficiarse del uso de los medios de pago electrónicos”. 

Los cambios

La propuesta de regulación establece que quedarían fuera del perímetro en la medida que realizaran liquidación a comercios adheridos bajo el umbral 1% de las transacciones de mercado. En caso de superar dicho umbral, deben inscribirse como Operador de Tarjetas de Pago y dar cumplimiento a los requerimientos que dispone la normativa.

Asimismo, se establece que los PSP que realicen liquidaciones a comercios adheridos entre el 0,5 y 1% de las transacciones de mercado, deberán constituirse como Operadores, sujetos a un requerimiento de capital de 1.000 UF, quedando sujetos a la supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Un segundo cambio es que se crea una regulación para el desarrollo de actividades de adquirencia transfronteriza. Este tema actualmente se encuentra en discusión en la Corte Suprema y en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). 

El Banco Central recordó que este modelo de pagos al exterior permite que los tarjetahabientes puedan efectuar pagos a comercios en el exterior a través de transacciones realizadas con sus tarjetas emitidas en Chile. Esto ofrece algunas ventajas a los usuarios, como facilitar el acceso a pagos en el exterior para segmentos más amplios de la población y realizar pagos en pesos chilenos.

La autoridad hizo hincapié en que “consideró necesario actualizar y adaptar su regulación para acoger apropiadamente esta actividad y permitir su desarrollo, en un marco de resguardos prudenciales apropiados que permitan acotar riesgos para la estabilidad del sistema de pago local derivados de nuevos compromisos de pago asumidos directamente por operadores locales con comercios en el exterior”. 

Estas actividades las podrán realizar los operadores y PSP supervisados por la CMF, siempre que gestionen apropiadamente el riesgo cambiario al que puedan estar expuestos, dispongan de resguardos operacionales adicionales, gestionen riesgos asociados a lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, informen sobre sus transacciones a la CMF y cuenten con los requisitos de capital requeridos de acuerdo al volumen de transacciones en cada caso.

Y el tercer cambio es la regulación para modelos de pagos cerrados o semicerrados que están dentro del paraguas de la Ley Fintech. 

Sobre este punto, cabe recordar que las tarjetas y medios electrónicos de prepago han evolucionado a través del tiempo desde un esquema tradicional basado exclusivamente en pagos a redes de comercios adheridas, hacia modelos cerrados o semicerrados en que su utilización se orienta principalmente a pagos entre tarjetahabientes de un mismo emisor.

Bajo este telón de fondo, el Banco Central quiere incorporar precisiones a la forma de constituir la reserva de liquidez exigida a los emisores de estos medios de pago, de modo tal de excluir de su determinación a los pagos realizados al interior de la red. 

Complementariamente, los emisores de prepago no bancarios deberán contemplar procedimientos para que titulares puedan realizar pagos o transferencias instruidas respecto de otras cuentas mantenidas en el mismo emisor u otras entidades financieras, debiendo contemplar mecanismos de interconexión e interoperabilidad, para evitar riesgos de fragmentación del sistema de pagos de bajo valor.

Se espera que estas modificaciones faciliten el desarrollo de estos nuevos modelos de negocios, manteniendo resguardos en la gestión de riesgos de liquidez.

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