Desmutualización: Bolsa de Santiago envía propuesta de nuevos estatutos a la SVS
Propuesta considera –entre otros- eliminar el requisito de ser accionista de la institución para operar como corredor de la Bolsa.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Lunes 11 de abril de 2016 a las 12:02 hrs.
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La Bolsa de Santiago envió a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) el nuevo texto de estatutos de la plaza bursátil, aprobados por una amplia mayoría de sus accionistas en la Junta Extraordinaria realizada el pasado 17 de marzo.
Junto con los nuevos estatutos, la Bolsa envió a la SVS las modificaciones al Reglamento de la plaza bursátil, las que fueron aprobadas por el directorio en sesión del 28 de marzo último.
La aprobación por parte de la SVS de los nuevos estatutos y del reglamento de la Bolsa de Santiago es requisito indispensable para concretar el proceso de desmutualización.
La propuesta de nuevos estatutos que se aprobó en junta extraordinaria de accionistas considera –entre otros- eliminar el requisito de ser accionista de la institución para operar como corredor de la Bolsa. Asimismo, incorpora un límite, que antes no existía, a la concentración de la propiedad de la Bolsa, de tal manera que ninguna persona, natural o jurídica, en forma individual o conjuntamente con personas relacionadas, pueda poseer, directa o indirectamente más del 25% de la propiedad de la sociedad.
Además, considera una reforma al gobierno corporativo y la obligación de contar en el Directorio de la Bolsa integrado por 11 miembros, con al menos tres directores no vinculados a las corredoras ni a la Bolsa misma, la creación de comités de usuarios con la participación de representantes de emisores, inversionistas y corredores, y la obligatoriedad de tener su propio Código de Buen Gobierno Corporativo, entre otras materias.
Por su parte, el nuevo texto del Reglamento mantiene los mismos requisitos actualmente establecidos en los Estatutos para ser Corredor de Bolsa, con la excepción de la eliminación del requisito de ser titular de una acción emitida por la Bolsa, de los cambios referidos a las exigencias de garantías y de la incorporación de requisitos tecnológicos, de riesgo operacional y de recursos humanos que defina el Directorio.
En reemplazo del requisito de ser accionista de la Bolsa (que actualmente se exige para ejercer las funciones de corredor de la Bolsa), se exigirá haber firmado un contrato de operación con la Bolsa cuyo contenido lo definirá el Directorio.
Asimismo, la garantía prendaria sobre la acción de la Bolsa (actualmente exigida para ejercer las funciones de corredor de la Bolsa) se reemplazará mediante una garantía operacional enterada para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los corredores contraídas con la Bolsa y los demás corredores. El monto de esta garantía operacional se determinará basándose en variables de riesgo como los montos transados y el patrimonio del corredor respectivo, entre otras. Se contempla establecer como monto mínimo de la garantía operacional las UF 20.000 y como monto máximo las UF 100.000.
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