Atención accionistas: CMF lanza instructivo para realizar juntas y directorios en medio de la emergencia por Covid-19
La CMF emitió hoy la NCG N°435, que regula mecanismos de participación y votación a distancia para juntas de accionistas, de tenedores de bonos y asambleas de aportantes de fondos.
Por: P. Vargas
Publicado: Miércoles 18 de marzo de 2020 a las 17:39 hrs.
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Ad portas de abril (juntas mil) y en medio de la emergencia por el avance del coronavirus, la incertidumbre entre los accionistas se acrecentaba frente a las próximas asambleas anuales de las compañías supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). De hecho, varias firmas ya analizaban postergar su junta anual en vista de la coyuntura, como es el caso de Embotelladora Andina.
¿Ir o no ir? Lo cierto es que en estos días la CMF trabajó en una nueva normativa para regular los mecanismos de participación y votación a distancia para juntas de accionistas, tenedores de bonos y asambleas de aportantes de fondos.
El Oficio Circular N°1.141 -informó el regulador- imparte instrucciones sobre el uso de medios tecnológicos (videoconferencias, conferencias y votación virtuales) y contempla la posibilidad de aducir ante la Comisión razones de fuerza mayor que impidan la realización de juntas o asambleas.
La Norma de Carácter General N°435 emitida por la CMF permite a las juntas de accionistas de las sociedades anónimas abiertas y sociedades anónimas especiales sujetas a autorización de existencia de esta Comisión, como por ejemplo bancos y compañías de seguros, y a las juntas de tenedores de bonos y asambleas de aportantes de fondos fiscalizados por la CMF, implementar medios tecnológicos de participación y votación a distancia.
"Corresponderá al directorio de cada sociedad garantizar debidamente la identidad de los accionistas, tenedores de bonos o aportantes, y cautelar el principio de simultaneidad o secreto de las votaciones que se efectúen en tales juntas y asambleas", consigna el documento.
¿Qué pasa con los directorios?
Respecto de las sesiones de directorio en sociedades anónimas, la CMF subraya que éstas podrán realizarse de forma remota, según las normas y requisitos establecidos en el artículo 47 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas y la Circular N° 1.530 de la CMF. Además, autoriza a las sociedades anónimas fiscalizadas por la Comisión el uso de firma electrónica en la suscripción de actas de sesiones de directorio.
Asimismo, la Comisión hizo un llamado a sus fiscalizados para que prefieran el uso de las plataformas digitales de las instituciones financieras en el actual contexto que vive el país.
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