Seguros

Rentas vitalicias: Corte de Apelaciones rechaza recurso de Penta en contra de la CMF

El tribunal de alzada nuevamente señaló que el recurso de protección no es la vía para que las compañías enfrenten el retiro de las rentas vitalicias.

Por: Daniel Vizcarra G. | Publicado: Lunes 7 de junio de 2021 a las 10:30 hrs.
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No da tregua la batalla judicial del retiro de rentas vitalicias y no precisamente a favor de las compañías de seguros. La Corte de Apelaciones declaró inadmisible un recurso de protección ingresado por Penta Vida y su matriz, BanPenta II, a finales de abril en contra de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

La acción legal de la firma ligada a los empresarios Carlos Eugenio Lavín y Carlos Alberto Délano se dirigió específicamente en contra del presidente del organismo regulador, Joaquín Cortez, el director general de Conducta de Mercado, Daniel García, y el director jurídico, José Antonio Gaspar.

"Las autoridades indicadas excedieron el texto mismo constitucional y de su llamado estricto a aplicar la reforma, obrando de forma contraria a las leyes que rigen las potestades de la CMF", apuntó el escrito. 

Los argumentos

Según la resolución, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones indicó que el recurso de protección no es el mecanismo para que la compañía enfrente el retiro de rentas vitalicias en el ámbito judicial. 

"En relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción impetrada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resulta ser la vía idónea al efecto", apunta.

Cabe recordar que además de este recurso de protección, Penta anteriormente había ingresado un reclamo de ilegalidad en contra de la Circular Nº 1.208 de la CMF, documento que contiene las instrucciones de los retiros de rentas vitalicias, acción que también siguió BICE Vida y 4 Life. 

"Conforme lo que se viene señalando, aparece la circunstancia que existe actualmente reclamación de ilegalidad en los términos del artículo 70 de la Ley Nº21.000 deducida por la misma institución recurrente, lo que ratifica el razonamiento del considerando segundo precedente y que permite aplicar la norma de inadmisibilidad del Auto Acordado respectivo", señaló el fallo del tribunal en ese sentido. 

Las otras derrotas

La semana pasada, las compañías de seguros de vida Consorcio y Confuturo también fueron notificadas que sus respectivos recursos de protección fueron rechazados por la Corte de Apelaciones. 

En vez de ir en contra de la CMF, las dos aseguradoras dirigieron sus acciones legales en contra del Presidente Sebastián Piñera, el Senado y la Cámara de Diputados, como las figuras que representan al Estado y las responsables de la ley que permitió los adelantos del producto previsional. 

Del mismo modo que en el caso de Penta, el organismo judicial apuntó que el recurso de protección no es el camino para resolver la disputa. 

Con todo, desde Consorcio y Confuturo ya elevaron sus respectivas causas a la Corte Suprema, con el objetivo de dar vuelta el fallo de la Corte de Apelaciones. 

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