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DF Tax | La ausencia de simplicidad tributaria en la reforma

Paula Madariaga, directora del Grupo Tributario de Aninat Abogados.

Por: Paula Madariaga | Publicado: Jueves 15 de diciembre de 2022 a las 04:00 hrs.
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Paula Madariaga

Mucho se ha hablado de la reforma tributaria y de sus disposiciones particulares, haciendo una crítica a las mismas principalmente en la forma que éstas afectarán a los contribuyentes. Sin embargo, poco se ha destacado la necesidad de establecer leyes tributarias simples, aspecto fundamental para facilitar el cumplimiento tributario y respetar el derecho del contribuyente de facilitar su tarea de efectuar un pago correcto de los impuestos.

Con el actual avance de la reforma es posible concluir, lamentablemente, que la complejidad actual que presentan las leyes que establecen tributos no se corrige.

“Poco se ha destacado la necesidad de establecer leyes tributarias simples, aspecto fundamental para facilitar el cumplimiento tributario y respetar el derecho del contribuyente de facilitar su tarea de efectuar un pago correcto de los impuestos”.

Así, por ejemplo, las normas de valoración de activos, tanto para su aplicación general como para el impuesto a las herencias y donaciones, se asemejan a las normas de precios de transferencia que actualmente solo operan para contribuyentes más sofisticados que cuentan con operaciones transfronterizas.

Por otra parte, es dudoso que la desintegración del sistema para grandes contribuyentes, vale decir, que empresa y propietario paguen sus impuestos por separado, simplifique el sistema.

Otro ejemplo es el procedimiento de aplicación de la norma antielusión que, si bien, luego de las indicaciones propende a equilibrar los derechos del contribuyente con la acción de fiscalización del servicio, parece no ser suficiente.

Un sistema simple es aquel en que la comprensión de las leyes tributarias es sencilla. Si ello fuese así, el costo de cumplimiento, las declaraciones y teneduría de libros contables, no debiera presentar mayores problemas. Hoy para cumplir adecuadamente, muchas veces es necesario contratar asesores que sean capaces de emitir las declaraciones de impuestos y entregar consultoría diaria al contribuyente, lo que sin duda implica un costo económico adicional en sus operaciones.

Por otro lado, la falta de simplicidad también atenta contra la labor fiscalizadora del Servicio de Impuestos Internos, organismo que debe invertir una parte importante de su presupuesto en la capacitación de sus funcionarios. En definitiva, el deber de facilitar el cumplimiento se ve mermado con la falta de simplicidad del sistema, el que como hemos ido notando, cada vez se vuelve menos comprensible tanto para la administración como para los administrados. En suma, la falta de simplicidad produce incerteza jurídica derivada de la dificultad de la fiscalización.

En definitiva, un sistema simple facilita el cumplimiento de las leyes tributarias y la función de fiscalización del Servicio, es comprensible y razonable tanto para los administrados y como para el organismo fiscalizador, presenta costos sensatos de cumplimiento y mejora el derecho de los contribuyentes a que el servicio facilite el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Lo anterior no se ve reflejado con la actual normativa y tampoco se corrige con el texto presentado al Congreso. Las consecuencias de este diagnóstico ya las hemos vivido con reformas anteriores, por lo que sería deseable imprimir este sello, aunque se estime que sea tarde para ello.

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