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Columnistas

La ilusión que proyectan las reformas al SEIA

Dino Pruzzo, Socio de PRB Abogados

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 11 de febrero de 2026 a las 04:02 hrs.

La reciente publicación en el Diario Oficial de las modificaciones al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) introduce cambios que merecen una lectura cuidadosa. Si bien algunas de estas enmiendas tendrán efectos reales y positivos en la ejecución de proyectos de menor escala, otras no generan impactos prácticos relevantes y conviven, además, con una creciente sobrerregulación fáctica.

“Somos abiertamente escépticos respecto de los efectos positivos de las modificaciones introducidas al Reglamento del SEIA hasta ahora, teniendo presente la sostenida y creciente dificultad que enfrentan los proyectos que sí deben ingresar al SEIA”.

Una primera reflexión -y la más concreta- es que ciertas modificaciones sí permitirán un alivio efectivo en el número de proyectos que deben someterse al SEIA. En particular, el aumento de umbrales de ingreso en sectores como energía, sanitario y almacenamiento de sustancias peligrosas implicará que proyectos de baja escala queden expresamente excluidos de evaluación ambiental. Alivio cuantitativo para regulador y regulado que debiera traducirse en una ejecución más ágil de iniciativas acotadas.

Una segunda reflexión es sobre la aparente innovación de uno de los criterios normativos para determinar cuándo una modificación de proyecto constituye o no un “cambio de consideración” que obliga a una nueva evaluación ambiental. Aunque podría parecer que se introduce una precisión o aclaración destinada a evitar reevaluaciones innecesarias, en la práctica lo que hace el reglamento es recoger una interpretación normativa que la autoridad ya venía aplicando desde hace años. Más aún, cualquier modificación de proyecto seguirá estando sujeta al análisis de si altera o no de manera sustantiva la extensión, magnitud o duración de los impactos previamente evaluados. En otras palabras, se trata de un ajuste con escaso o nulo efecto práctico, más cercano a un “efecto placebo” regulatorio que a una simplificación real del sistema.

La tercera reflexión es acerca de la mayor responsabilidad que asumirían los titulares por acreditar que sus proyectos o modificaciones quedan exentas de someterse al SEIA, lo cual podría generar un aumento en el volumen de Consultas de Pertinencia ingresadas al Servicio de Evaluación Ambiental, especialmente considerando que las resoluciones a estas Consultas servirían como eximente de responsabilidad penal por elusión. Paralelamente, es razonable anticipar un mayor foco fiscalizador por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, lo que obligará a los titulares a robustecer sus análisis internos y respaldos técnicos para justificar adecuadamente sus decisiones regulatorias.

Finalmente, y como cuarta reflexión, pero de alcance “terapéutico”: somos abiertamente escépticos respecto de los efectos positivos de las modificaciones introducidas al Reglamento del SEIA hasta ahora, teniendo presente la sostenida y creciente dificultad que enfrentan los proyectos que sí deben ingresar al SEIA. En el fondo, por un lado, se implementa una desregulación formal con modificaciones al RSEIA, mientras que, por otro, se ha implementado una sobrerregulación fáctica, densificando exigencias mediante extensas guías e instructivos del SEA que buscarían unificar “criterios” (vaya concepto), cuyas exigencias técnicas escapan del alcance concreto que debiera observar este tipo de documentos. El resultado ha sido un aumento sostenido de los plazos de tramitación y una creciente incertidumbre respecto de cómo, en qué condiciones y en qué tiempos un proyecto logrará salir del SEIA, con el consecuente impacto económico por la mayor exigencia técnica y, lo más relevante, el costo de oportunidad de implementar una iniciativa en un plazo razonable que permita justificar una decisión de inversión que después deberá enfrentar otros fantasmas como impugnaciones administrativas y judiciales, aspecto que, por ahora, escapan del objeto de esta columna.

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