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Modernización laboral para el trabajador pyme

Jorge Hermann A. Jefe de División de Estudios Ministerio del Trabajo

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No es novedad que la reforma laboral (sindical) del gobierno anterior fue pensada en las grandes empresas y dejó de lado a las pequeñas empresas (pymes) que representan el 60% del empleo del país. Hoy el Código del Trabajo intenta poner en el chasis de un automóvil pequeño, el motor de un vehículo grande.

En vista de esto, el gobierno creó un proyecto de modernización laboral que busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores; y que las pymes apliquen en plenitud la adaptabilidad laboral en el proceso productivo para enfrentar los profundos cambios que se avecinan con la automatización, inteligencia artificial, Blockchain, Big Data, impresión en 3D y la conducción autónoma entre otros. Es evidente que si las pymes no se adaptan a este cambio evolutivo, muchos empleos pasarán al olvido.

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El diagnóstico del gobierno para preparar a los trabajadores hacia el futuro se basa en lo siguiente: i) un 53% de los empleos tiene riesgos de automatización, ocupando el 7° lugar dentro de la OCDE; ii) la gran empresa es cuatro veces más productiva que la pequeña; iii) la tasa de empleo femenino es 52,8% versus el 60,1% en la OCDE; iv) la tasa de empleo juvenil es 28,3% versus el 41,6% en la OCDE; v) el 46,1% de los adultos mayores son independientes, en relación al 26,7% en el resto de la población.

Una innovación laboral para los trabajadores pyme son las propuestas –voluntarias e individuales- sobre adaptabilidad de jornada de trabajo y descansos. El proyecto de ley propone que las partes puedan convenir distribuir la jornada de trabajo en cuatro días y tener tres días de descanso; o pactar una jornada mensual de 180 horas, la que se podrá distribuir de forma diferente semana a semana según las necesidades de los trabajadores y empleadores, llevando a disminuir las horas trabajadas en alrededor de un 8%.

A su vez, se plantea la posibilidad de bolsa de horas extraordinarias por hasta 12 horas semanales, convenir horario de inicio y término de la jornada, disminuir el horario de colación para adelantar la hora de salida, y compensar horas extraordinarias con días adicionales de vacaciones.

Por otra parte, en las empresas en que exista un porcentaje de afiliación igual o superior al último promedio de sindicalización nacional según tamaño de empresa, se podrán acordar con el sindicato pactos de adaptabilidad del tipo jornadas semestrales de máximo 1.103 horas ordinarias de trabajo, con una bolsa de 294 horas extras en el semestre, y jornadas anuales con un máximo 2.205 horas ordinarias, con una bolsa de 588 horas extras durante el año.

La adaptabilidad laboral permite mayor control y autonomía de la jornada por parte del trabajador, mejorando el equilibrio entre el trabajo y la familia, lo que implica una mayor productividad. Por ejemplo, Eleftherios Giovanis (2018) explora la relación entre tres tipos de acuerdos de empleo flexible y el desempeño en el lugar de trabajo para el Reino Unido; sus resultados muestran que el teletrabajo y las horas de trabajo comprimidas tienen un efecto positivo en el desempeño del trabajador, junto con que la adaptabilidad contribuye positivamente a la productividad laboral.

En síntesis, en la actualidad nos encontramos con un enorme desafío, que es adaptar nuestro mercado laboral a los cambios que se producirán con la automatización y la economía digital; no hacerlo es provocar que muchos empleos queden en el pasado. Al final, siempre hay algo peor que el fracaso, y es no haber intentado nada para evitarlo.

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