DF Constitucional

Convención: propuestas de normas transitorias concentran en dos años plazo para implementar nueva Constitución

El lunes comienza el debate sobre la implementación de Corte Constitucional que reemplazará al Tribunal Constitucional, las nuevas exigencias para notarías, y el aumento de consejeros del Banco Central, entre otros temas.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Martes 10 de mayo de 2022 a las 15:50 hrs.
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El lunes 16 de mayo inicia su trabajo la comisión de Normas Transitorias (NT), que tendrá por objetivo fijar la hoja de ruta con los plazos y gradualidad para la puesta en marcha de los cambios que implica la propuesta de nueva Constitución, y que mayoritariamente se propone dos años como tiempo máximo para tal efecto.  

Cada comisión temática aprobó en general diversas materias que deben ser analizadas y aprobadas en primera instancia por la comisión, que puede modificar la propuesta base e incluir indicaciones, las que serán posteriormente sometidas al pleno que -en definitiva- resolverá si las aprueba con el quorum de 2/3. Es decir 103 fotos favorables.

La comisión de Justicia y Órganos Autónomos envió a la comisión de NT una propuesta sobre cuándo terminan las cárceles concesionadas, que señala que los establecimientos penitenciarios privativos de libertad que se encontraren funcionando con alguno de sus servicios concesionados. Estos deberán ser asumidos luego de haberse vencido el término de la concesión por parte de Gendarmería de Chile o por la institución pública que determine la ley.

Banco Central

Sobre los nuevos consejeros del Banco Central, el pleno debe resolver propuesta de elevar de 5 a 7 sus integrantes este viernes.

Estos deberán ser designados dentro del plazo de 30 días, contado desde la entrada en vigencia de la Constitución. Los actuales miembros del Consejo permanecerán en sus cargos por el término para el cual fueron designados. Los nuevos miembros serán designados por las autoridades que establece la Constitución.

A su vez, los Tribunales Ambientales serán creados por el Estado en un plazo máximo de 2 años desde la entrada en vigencia de la Constitución en aquellas regiones en que no existan.

En el plazo de dos años, en tanto, el Congreso Plurinacional deberá tramitar y finalizar la ley orgánica que regule la organización y funcionamiento de la Defensoría de la Naturaleza; y la Agencia de Evaluación Ambiental reemplazará al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental, el que se entenderá suprimido en el plazo que establezca la ley, la cual deberá dictarse en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigencia de esta Constitución.

Sobre los Tribunales Tributarios y Aduaneros, juzgado de cuentas, tribunal de contratación pública y tribunal de propiedad industrial, serán fusionados en los Tribunales Administrativos, como salas especializadas de los mismos, mediante la ley que regule los tribunales administrativos y su procedimiento.

“Desnotarización”

Dentro del plazo de dos años, los actuales notarios y notarias públicas deberán hacer traspaso de la totalidad de la información cuyo respaldo posean impresa para creación del registro público conforme lo establezca la ley. En el caso de aquellas notarías cuyo sistema registral se encuentre digitalizado, al término del plazo deberán hacer entrega de lo necesario para acceder a esta información.

El órgano legislativo, en el plazo de dos años, deberá aprobar una ley que se encargará de avanzar en una progresiva “desnotarización” y simplificación de todo tipo de trámites; y en el mismo plazo se convocará a concursos públicos para los servicios notariales y registrales, de conformidad con el nuevo marco constitucional.

Corte Constitucional

La Corte Constitucional, que reemplazará al Tribunal Constitucional, deberá quedar instalada dentro de los cuatro meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Constitución. Con todo, la Corte Constitucional podrá instalarse y comenzar a funcionar con, a lo menos, dos tercios de sus integrantes. El Tribunal Constitucional se entenderá suprimido de pleno derecho al cabo de seis meses de la entrada en vigencia de esta Constitución.

Las causas que se encuentren radicadas en el Tribunal Constitucional, al momento de la entrada en vigencia de la presente Constitución, seguirán siendo conocidas por éste hasta su sentencia de término. Vencido un plazo a determinar las causas que se mantuvieren pendientes serán traspasadas a la Corte Constitucional, que asumirá su tramitación en conformidad al procedimiento vigente al momento de su iniciación.

Paridad y nuevo contralor

Se dictará una norma transitoria para la creación de los tribunales administrativos en cada región del país de manera progresiva, comenzando dentro de los dos primeros años de entrada en vigencia de la Constitución por las macro zonas del país para que posteriormente se vayan creando en cada una de las regiones.

La regla de paridad en los nombramientos e integración de todos los órganos autónomos será realizada de manera gradual y conforme a la ley, dentro de un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigencia de la constitución.

Desde la entrada en vigencia de esta Constitución y mientras no se dicten las disposiciones legales que den cumplimiento a las normas constitucionales relativas al Congreso de Diputados y la Cámara de las Regiones, la designación del cargo de contralora o contralor general corresponderá al Congreso, por mayoría absoluta de los parlamentarios en ejercicio, a partir de una terna elaborada por el Presidente de la República.

El consejo de la Contraloría General de la República deberá quedar instalado dentro del plazo de 180 días, contado desde la entrada en vigor de la Constitución, pudiendo dictar las normas reglamentarias de orden interno que estime necesarias para su funcionamiento.

La Agencia Nacional del Consumidor reemplazará al actual Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), el cual se entenderá suprimido en el plazo que establezca la ley, la cual deberá dictarse en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigencia de esta Constitución.

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