¿A favor de las PYME? Las diferencias que despierta el Protocolo de Madrid
El Inapi han impulsado la firma de este acuerdo que permitirá a emprendedores registrar una marca en varios países. No obstante, expertos en propiedad intelectual, esgrimen que el sistema es “complejo” y que perjudicará la soberanía de Inapi en materias de patentes de empresas extranjeras en Chile.
Por: Álvaro Vergara
Publicado: Miércoles 31 de marzo de 2021 a las 04:00 hrs.
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En diciembre del año pasado, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) y el Ministerio de Economía enviaron al Congreso un proyecto de ley para adherir al Protocolo de Madrid, tratado internacional que simplifica el proceso de gestión y protección de marcas comerciales en el extranjero. Sin embargo, expertos en propiedad intelectual han puesto una voz de alerta en la aprobación de este tratado, argumentando que el sistema es complejo para las pequeñas y medianas empresas y que podría atentar contra la soberanía del Inapi.
La directora del Inapi, Loreto Bresky, explica que el fin de sumarse a este tratado es impulsar una opción para emprendedores y empresas que quieran registrar su marca en dos o más países, dado que el costo de gestión y obtención de los derechos en varios territorios simultáneamente sería más bajo, comparado con hacerlo en cada país por separado, como se hace hoy. “Para las empresas resulta un 60% más costoso hacer la solicitud de protección de marca en cada país, sobre todo para pequeñas y medianas que son más sensibles en la parte financiera”, afirma.
Bresky explica que el tratado es administrado por la Organización Mundial de la Propiedad Industrial (OMPI), y opera sobre la base de una solicitud o registro de marca presentada en su país de origen, la que luego se hace en la oficina internacional del organismo en un solo idioma (puede ser español) y pagando un único set de tasas y tarifas de todos los territorios a los cuales el emprendedor quiere dirigirse. Una vez tramitada la solicitud por la OMPI, cada país solicitado hará un análisis del requerimiento para decidir si es registrable o no de acuerdo a los estándares de su legislación.
A la fecha 124 países son miembros del Protocolo de Madrid, incluyendo los principales mercados donde exportan los emprendedores chilenos: Colombia, México, Brasil, China, Estados Unidos y la Unión Europea.
Problema de competencias
El abogado especialista en Propiedad Intelectual y expresidente de la Asociación Chilena de la Propiedad Intelectual (Achipi), Sergio Amenábar, plantea que se trata de un sistema complejo para las pequeñas y medianas empresas (PYME). “Sólo se justifica y es rentable si es que el propietario de la marca quiere registrarla en al menos cinco países. De lo contrario, resulta más caro y engorroso, ya que si el país de destino presenta alguna objeción -que es muy habitual- el propietario deberá correr con los gastos legales en el país que corresponda -especialmente alto en la Unión Europea, Estados Unidos y Asia”, asegura.
Sostiene que Chile, al ser un país basado principalmente en la exportación de materias primas de pocas marcas, está en una posición de asimetría respecto de las naciones desarrolladas, “que se ven favorecidos con un sistema de registro centralizado al concentrar gran parte de las marcas de presencia global”.
Punto que el actual presidente de Achipi, Rodrigo Puchi, reafirma. “No existe evidencia empírica que acredite el beneficio para nuestro país. De hecho, en países con un PIB y tradiciones jurídicas similares a las nuestras, como Colombia, estos supuestos beneficios no se han producido”.
Por otro lado, comenta que no resulta conveniente conceder los registros a un órgano internacional con aplicación territorial en Chile, ya que habría una modificación de las competencias de organismos locales. “No existe claridad en torno a los criterios del Protocolo en cuanto a la constitución de derechos y pago de tasas, que corresponden a normas tributarias de nuestro ordenamiento jurídico”.
Respecto de este punto, la directora de Inapi es tajante:“No hay concesión de soberanía” y explica que las partes contratantes del tratado tienen la facultad de denegar los registros.
“Inapi decidirá si se aprueban o rechazan las solicitudes que lleguen a nuestro país vía Protocolo de Madrid, no la OMPI”, sostiene.
Dice que al igual que ocurre con la mayoría de los tratados multilaterales que ha suscrito Chile, el Protocolo contempla la participación de un representante permanente de cada Estado miembro, con derecho a voz y voto en todas las discusiones que haya sobre posibles modificaciones.
El mismo debate se planteó hace 10 años, cuando se estaba discutiendo el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT).
“Achipi también sostuvo la inconstitucionalidad del proyecto y los mismos cuestionamientos sobre soberanía, y hoy son los abogados quienes más utilizan el PCT”, comenta Bresky.
El proyecto del Protocolo de Madrid hoy está esperando a ser puesto en tabla para su aprobación en el Senado. Asimismo, motivado por una petición de Achipi y del Ejecutivo, se tramita paralelamente un proyecto de ley para modernizar la legislación de propiedad industrial.
“La idea es que ambos proyectos avancen en conjunto y se aprueben durante este año”, comenta Bresky.
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