FNE y sanitarias se verán en el TDLC por tarificación de servicios adicionales
¿Es necesario o no que la autoridad regulatoria tarifique los servicios de las sanitarias? Es lo que se quiere definir en este proceso.
Por: Equipo DF MAS
Publicado: Viernes 5 de julio de 2024 a las 10:26 hrs.
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En noviembre de 2022, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó una consulta en el Tribunal de Defensa de Libre Competencia (TDLC) para que se pronunciara respecto de si determinados servicios que prestan las empresas sanitarias y que hoy tienen libertad de precios, tienen que someterse o no a regulación tarifaria por parte de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, dado que a juicio de la Fiscalía se trataría de un negocio prestado de manera monopólica por las empresas sanitarias de todo el país.
Dentro de la consulta de la Fiscalía se indican, por ejemplo, servicios vinculados con la limpieza de fosas, la remisión de cuentas de consumo en papel, la venta de agua potable a camiones aljibe, el corte de suministro para la conexión de redes de agua potable y otros procesos relacionados con la extensión de los territorios operacionales de las empresas sanitarias hacia zonas urbanas o rurales cercanas a su zona de concesión.
Respecto de cada servicio se discute en este proceso si es necesario tarificar o no desde la autoridad regulatoria, a lo que se suma el hecho de que cada empresa sanitaria del país puede tener distintas condiciones y alternativas de acceso al agua, características de clientes y de territorios, de modo tal que -según varios intervinientes de la industria- no sería posible, a priori, establecer una regulación transversal sin identificar los mercados respectivos, lo que forma parte de la discusión en este caso.
Este 10 de julio serán los alegatos en el TDLC donde asistirán la FNE y los demás intervinientes: la Cámara Chilena de la Construcción, Aguas Magallanes, Aguas Araucanía, Nueva Atacama, Aguas Altiplano, Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos, Aguas San Pedro, Essbio, Nuevosur, Aguas del Valle, Esval, Aguas Andinas y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios.
Cristián Reyes, abogado de Aguas Atacama, señala que “es importante tener presente que la extensión desde un territorio hacia otro no es un servicio. La extensión de la zona de concesión hacia zonas rurales o urbanas es un procedimiento que está regulado por la ley sanitaria y por lo tanto no corresponde que sea materia de regulación en esta sede”.
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