Mininco, Tirúa y un fallo supremo que zanja una centenaria disputa territorial
Una controversia de larguísima data en Tirúa comenzó a resolverse para Mininco, la forestal de Empresas CMPC, ligada al grupo Matte.
Por: Equipo DF MAS
Publicado: Viernes 21 de junio de 2024 a las 13:01 hrs.
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Una controversia de larguísima data en Tirúa comenzó a resolverse para Mininco, la forestal de Empresas CMPC, ligada al grupo Matte.
Esto, luego de que la Corte Suprema dictara una sentencia el pasado 13 de junio, por la que definió un histórico conflicto territorial en torno a lo que se conoce como “resto del fundo Huillinco”, un predio de 4.930,27 hectáreas que está en disputa con la familia Torres y con Juan Padilla.
La disputa con Mininco viene de 2013, pero el origen del caso es muchísimo más antiguo, e incluso data del siglo XIX, por una cadena de sucesiones y una inscripción en Cañete de 1895, luego una posesión efectiva de bienes quedados al fallecimiento de José Gil de La Vega, en 1914, vinculadas al Fundo Canihual, inscrita en el conservador de Bienes Raíces de Cañete en 1937.
En los hechos, esto hizo que la familia Torres sostuviera la existencia de una superposición de títulos o inscripciones paralelas que entrelazaban los títulos de Mininco con el predio “Resto del Fundo Canihual”.
Mininco había comprado derechos en 1976 a tres sucesiones, y en 1983 fusionó las tres inscripciones en un solo lote, creando una nueva inscripción como “Resto del Fundo Huillinco”.
Pero luego, en dos acciones, de 1999 y 2004, Juan Padilla (hoy fallecido) y parte de la familia Torres pidieron la nulidad de esas inscripciones por parte de Mininco. Ésta, a su vez, accionó entre 2005 y 2013 con un conjunto de querellas por usurpación y hurto de madera, recursos de protección, incluso una reclamación ante la Conaf, en su intento de recuperar el predio que había sido ocupado, de modo de poder cosechar el campo. Pero todas las acciones eran rechazadas, pues existía una controversia sobre la titularidad del dominio.
Así las cosas, en junio de 2013 la forestal cambió de estrategia legal y con el abogado Juan Ignacio Correa a la cabeza, optó por ir con una demanda declarativa de dominio.
Y luego de tener dos fallos adversos -en primera instancia por el tribunal de Cañete y en la Corte de Apelaciones de Concepción-, la semana pasada la Corte Suprema, en una sentencia de reemplazo estableció: “Corresponde declarar que el título invocado por la demandante correspondiente al año 1983 resulta válido su origen y va acompañado de una posesión material continua y que la demandante se encuentra amparada por la presunción de dominio”.
Consultado el abogado Juan Ignacio Correa, dijo que este fallo marcaba un precedente, pues elimina la práctica ilegal de invocar títulos de dominio no cancelados en el siglo XIX por una omisión regulatoria -cuando estaba implementándose el sistema registral de dominio en Chile- con la finalidad de apoderarse de hectáreas plantadas por las empresas forestales, invocando dominios sobre terrenos que han sido objeto de variadas enajenaciones.
Explica que con ese mecanismo se ponían en tela de juicio todos los títulos de dominio. En su alegato en la Suprema, el abogado -socio del estudio Correa Squella- planteó que los demandados se enriquecieron injustamente por unos US$ 15 millones por la cosecha de las plantaciones del predio.
Sin embargo, el abogado Mario Rojas, que representó a Juan Padilla -titular de 65% de los derechos de la contraparte-, dice que la sentencia tuvo dos votos disidentes, que no hubo informes periciales y, por tanto, que el dónde está cada predio y sus deslindes no los resolvió el fallo. Por lo mismo, está evaluando los cursos de acción por la sucesión de Padilla.
“Eso no queda resuelto por esta sentencia (…) Lo único que hace el fallo de la Corte es que aclara cuáles son los títulos originales de cada parte, pero deja todo lo demás pendiente. Hay que ver la real extensión de los títulos. Eso va a generar otro juicio, que los mismos demandados ahora van a tener que iniciar”, dijo.
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