Expertos debaten qué casos del nuevo catálogo del SII son efectivamente elusivos
El caso más evidente, dicen, es el traspaso de acciones a menores de edad. Los abogados, eso sí, manifiestan dudas respecto a las situaciones que involucran impuestos a donaciones y herencias.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Jueves 26 de diciembre de 2019 a las 04:00 hrs.
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Hace dos semanas, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio a conocer la versión 2019 del Catálogo de Esquemas Tributarios, documento que incorpora una serie de casos y transacciones que el organismo establece que -en principio- podrían considerarse elusivos, por lo que serán analizados con mayor atención.
Todo esto en el marco de la Norma General Antielusión (NGA), que abre la puerta al SII para recalificar como elusivas operaciones cuyo fin único del contribuyente sea reducir su carga tributaria.
En la edición 2019, se incluyen 17 nuevas situaciones a analizar. Así, el portfolio considera 60 casos que abordan -por ejemplo- impuestos de empresas, IVA y gravámenes a las herencias y donaciones.

Los abogados han analizado con lupa el documento de 125 páginas, abriendo el debate respecto a en qué casos las planificaciones solo tuvieron como fin reducir la carga fiscal.
El director ejecutivo de Consultoría Tributaria de EY, Víctor Fenner, señala que en los nuevos casos, más que dar luces sobre el contenido y aplicación de la norma antielusiva, el SII “informa sobre operaciones que estarán bajo su especial escrutinio. Uno puede imaginar contextos en que los 17 casos son legítimos, y contextos en que no lo son”.
El socio de Bustos Tax & Legal, Claudio Bustos, asegura que “a lo más” cuatro o cinco de esos casos podrían considerarse elusivos, los cuales configuran estructuras “agresivas y desprovistas de una racionalidad jurídica y económica”. Así, apunta a las donaciones de participaciones sociales a menores de edad; una operación sobre precios de transferencia en la cual una empresa chilena vende a bajo precio bienes producidos en Chile a una entidad relacionada residente en paraíso fiscal; y el uso abusivo del contrato de market maker, entre otras.
Para Álvaro Pérez, socio de Recabarren & Asociados, hay dos casos en los que el servicio podría “perfectamente” aplicar la Norma Antielusiva: la donación de participaciones sociales a menores de edad y la utilización de cuenta corriente mercantil para evitar devengamiento del pago de IVA: “En la mayoría de los casos puede ser debatible la aplicación de la NGA, ya sea por la existencia de una norma especial que pueda regular el caso o por la existencia de razones económicas, comerciales u operativas que permitan justificar una situación u otra, dentro del marco legal”, explica.
El académico de Derecho de la UAI y socio de Bruzzone & González, Francisco Saffie, considera que los casos en que de manera “más evidente” se podría aplicar la NGA, son los del market maker, el uso de una sociedad para obtener devoluciones de impuestos y emplear una fundación o corporación como vehículo de inversión.
“Los casos más conflictivos de los que presentó el SII son el de la transferencia patrimonial de socio o accionista al momento de salida de sociedad y el de cuenta bancaria en el extranjero en la cual participan potenciales herederos. Son casos difíciles porque el SII asume muchos presupuestos de hecho para calificarlos como potencialmente elusivos”, argumenta.
Donaciones discutidas
El abogado de Arteaga Gorziglia, Andrés Ossandón, enfatiza que los casos incluidos “no necesariamente” constituyen esquemas elusivos “per se”, por lo que el SII fue “muy cuidadoso en presentarlos de manera general y de ir señalando los supuestos en que las operaciones, todas válidas desde la perspectiva legal, podrían resultar en una conducta elusiva”.
La senior manager de Tax & Legal Services de Mazars Chile, Carolina Gálvez, enfatiza que es de “suma importancia” tener presente que los esquemas expuestos son ejemplos de conductas, “que no necesariamente deberían implicar en todos los casos una contravención a la ley tributaria, por lo que es indispensable revisar la situación particular de cada contribuyente”.
Para Ximena Niño, socia de Tax & Legal de Deloitte, los casos están “en general bien seleccionados”, pero manifiesta dudas en los casos vinculados a la Ley de Herencias y Donaciones: “El impuesto a la herencia suma a la base imponible las donaciones que pudo haber recibido el donatario, luego faltan antecedentes en los esquemas formulados para entender en qué forma se habría erosionado la base imponible del impuesto a la herencia”.
Punto con el que coincide el socio de Mena Alessandri & Asociados, Cristián Mena: “Las donaciones por definición dependen de la mera liberalidad del donante, sin expresión de causa, lo cual no cabe dentro de las hipótesis de simulación o abuso del derecho. Además, la donación tiene que ceñirse a un riguroso proceso judicial que se llama insinuación”.
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