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Firmas de apuestas deportivas y de criptomonedas, entre los servicios que a febrero no estaban inscritos ante la autoridad tributaria

Impuestos Internos está desarrollando un plan para que eventualmente aclaren o rectifiquen el pago del impuesto.

Por: | Publicado: Lunes 30 de mayo de 2022 a las 04:00 hrs.
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Foto: Julio Castro
Foto: Julio Castro

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En su sitio especial para la promoción, inscripción y pago del IVA a los servicios digitales, el Servicio de Impuestos Internos (SII) también enumera en una lista las plataformas y aplicaciones que, estando domiciliadas en el exterior, no están inscritas en el régimen simplificado para pagar el tributo.

Con cierre al 14 de febrero de este año, entre estas destacan firmas de apuestas deportivas, como Bet365, Betway, Betsson, SportingBet y Plus500, por citar algunas; y también compañías ligadas al comercio de criptomonedas, como lo son Coinbase y Crypto.com, entre otras.

Según explican en el fiscalizador tributario, el SII sostuvo reuniones de trabajo con los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de pago para coordinar los aspectos operativos relacionados con la aplicación del cambio de sujeto.

“Nuestro servicio ha desarrollado un trabajo coordinado con los bancos y otras entidades emisoras de tarjetas de pago, con el objeto de obtener información para determinar si las plataformas inscritas están declarando y pagando el impuesto; o, bien, identificar a las plataformas que no declaran ni pagan el IVA digital, debiendo hacerlo. Para la implementación del cambio de sujeto nos reunimos previamente con estas entidades, para coordinar los aspectos operativos de esta medida que se inicia el primero de agosto”, explica el director del servicio, Hernán Frigolett.

Rectificar el no pago

En cuanto a medidas de control, el SII ha intensificado las acciones para contactar a plataformas y comercios no inscritos con el fin de comunicarles que se ha detectado que proveen servicios digitales gravados con IVA y que por lo tanto deberían inscribirse para declarar y pagar el IVA respectivo, “por lo que se encuentran en una situación de incumplimiento”.

“Paralelamente, la institución avanza en los análisis para determinar el posible impuesto subdeclarado por parte de los comercios y plataformas ya inscritas, con el objeto de requerir que aclaren o rectifiquen el pago de este impuesto”, agregan en la entidad.

El fiscalizador recibe periódicamente información de parte de los emisores de tarjetas de pago, “por lo que seguirá monitoreando de manera permanente que cualquier comercio o plataforma extranjera, sin domicilio ni residencia en Chile, que provea servicios digitales gravados con IVA en Chile, cumpla con el pago de este impuesto”.

El antecedente de 2020

Esta no es la primera vez que el SII refuerza la fiscalización del gravamen a los servicios digitales.

Por ejemplo, en 2020 estableció la obligación para los emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de pago de enviar un reporte con información relativa a las transacciones facturadas a comercios y plataformas extranjeros por concepto de pagos efectuados por tarjetahabientes chilenos.

“Esta información permite además identificar a los comercios y plataformas no inscritas y realizar su seguimiento”, explican en el SII.

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