SII valora fallo de la Suprema en caso Uber: "Ratifica que todos los contribuyentes deben cumplir sus obligaciones tributarias"
Servicio destacó que fallo ratifica potestades para solicitar información durante un proceso de fiscalización.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Martes 15 de octubre de 2019 a las 17:37 hrs.
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) valoró el fallo de la Corte Suprema que validó el alzamiento del secreto bancario de la empresa Uber Chile, lo que le dará acceso a la información de los pagos realizados a casi 60 mil choferes en el país.
En un comunicado, el organismo liderado por Fernando Barraza enfatizó que la sentencia valida las potestades del servicio de solicitar información a contribuyentes durante un proceso de fiscalización.
"El SII valora la decisión de la corte, ya que ratifica que todos los contribuyentes que desarrollen alguna actividad lucrativa en el país, personas jurídicas o naturales, chilenas o extranjeras, deben cumplir con las obligaciones que establece la normativa tributaria y responder a los requerimientos de información que, en conformidad con la ley, le efectúe el servicio en el desempeño de las labores de fiscalización que le corresponde ejercer", aseguraron.
En la comunicación, el SII señaló que, "al contrario de la pretensión de Uber", la Suprema "descartó que haya habido abuso en la autorización", precisando que, conforme a lo que establece el Código Tributario, "el Servicio de Impuestos Internos tiene dentro de sus facultades la fiscalización de los contribuyentes", por lo que "la ley lo autoriza a solicitar autorización judicial para el correcto ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, con el fin de poder obtener antecedentes indispensables para verificar la veracidad e integridad de las declaraciones de impuestos".
Cabe recordar que la Segunda Sala de la Corte Suprema reafirmó, en un fallo emitido ayer, las facultades del SII para acceder a la información bancaria de la empresa Uber Chile SpA., por lo que la plataforma deberá entregar los antecedentes solicitados por el SII para el correcto ejercicio de sus tareas fiscalizadoras.
De esta manera, y en una decisión adoptada en forma unánime, el máximo tribunal rechazó un recurso de queja presentado por la empresa y confirmó los fallos anteriores emitidos por el primer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago y por la Corte de Apelaciones de la Capital, que autorizaron el levantamiento del secreto bancario.
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