La ministra del Trabajo y Previsión Social, Javiera Blanco, destacó que por amplia mayoría la sala de la Cámara de Diputados aprobó y dejó en condiciones de ser Ley de la República el proyecto que sanciona las conductas de Multirut o división de razones sociales de una empresa que busquen afectar los derechos colectivos e individuales de los trabajadores.
De esta forma la iniciativa, que será promulgada en las próximas semanas, logró ser despachada desde el Congreso luego de siete años y gracias a una indicación del gobierno que concitó el consenso entre parlamentarios de gobierno y de la oposición.
La secretaria de Estado indicó que "estamos dando un tremendo paso al despachar a ley este proyecto. Estamos muy contentos porque esto permite reforzar la defensa de los derechos de los trabajadores, que muchas veces bajo la figura de división de razones sociales de una misma entidad veían limitados sus derechos colectivos".
La ministra del Trabajo resaltó que "por fin vamos a poder establecer legalmente que dos o más empresas serán consideradas como un empleador real común a pesar de la diferenciación de razones sociales. Estamos reestableciendo, a través de una ley, que esa figura de división de razones sociales en ningún caso a va afectar derechos colectivos de los trabajadores", como la sala cuna y otros.
Principales cambios legales
-Se establece que las obligaciones que derivan de los derechos laborales y previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores, recaen sobre la figura del EMPLEADOR y no sobre la figura de la empresa, como era hasta ahora.
- Las empresas que sean consideradas como un mismo empleador, serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales emanadas de la ley, los contratos y convenios. Por lo tanto, el empleador real no podrá evadir sus responsabilidades, ya que todas sus empresas quedarán obligadas.
- Los trabajadores de todas las empresas consideradas como un solo empleador podrán constituir uno o más sindicatos o mantener sus organizaciones existentes, pudiendo negociar con todas las empresas o con cada una de ellas. El derecho de opción para negociar recaerá en los trabajadores y sus sindicatos.
- Se establecerá que son los Tribunales de Justicia los llamados a dirimir controversias sobre la identidad del empleador real en los casos en que se requiera. El Juez tendrá la libertad necesaria para obtener todos los elementos de juicio que permitan su determinación y contará con un informe de la Dirección del Trabajo, junto con la facultad de solicitar los informes que estime necesario.
- El Juez determinará las obligaciones laborales y previsionales a las que el empleador debe dar cumplimiento. Si no lo hiciera se expondrá a multas de hasta 100 UTM ($ 4.100.000.-) la que podrá repetirse hasta obtener dicho cumplimiento.
- Cuando se establezca que 2 o más empresas son consideradas como un solo empleador, los efectos de esta declaración se aplicarán a todos los trabajadores de las empresas, tanto para efectos laborales como previsionales.