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Justicia ratifica condena contra Starbucks por prácticas antisindicales

La sentencia indica que la empresa debe pagar tres multas por un monto total de 300 UTM, equivalentes a $ 11.648.100.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Martes 22 de noviembre de 2011 a las 13:27 hrs.
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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la condena por prácticas antisindicales durante un proceso de negociación colectiva  en contra de una empresa multinacional  de alimentos, Starbucks Coffee Chile.

En fallo unánime los ministros de la Sexta Sala del tribunal de alzada Manuel Antonio Valderrama, Gloria Solís Romero (suplente) y el abogado integrante Eduardo Morales rechazaron el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo que condenó a Starbucks por diversas prácticas abusivas durante una negociación colectiva.

La sentencia determina que no hubo infracción de ley en la decisión de la jueza Paola Díaz Urtubia quien determinó las prácticas  antisindicales de la empresa multinacional.

Las sentencias determinan que Starbucks Coffee Chile debe pagar tres multas por un monto total de 300 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a  $ 11.648.100.

Asimismo se  ordenó a Starbucks a cesar las conductas de injerencia, absteniéndose en el futuro de realizar comunicados escritos referentes a la actividad sindical durante el proceso de negociación colectiva, bajo el apercibimiento de arresto del representante legal. 

En la misma línea, el tribunal resolvió que como medidas reparatorias se deben adoptar los siguientes  procedimientos: Instruir a la planta ejecutiva que se abstengan de realizar cualquier conducta que signifique interferir en el proceso de negociación colectiva; enviar a todos sus trabajadores una comunicación escrita que deje constancia que Starbucks se compromete a respetar la libertad sindical de sus trabajadores y que pueden afiliarse al sindicato demandante y participar en la negociación colectiva, sin que esto tenga consecuencias negativas; y realizar una capacitación a los gerentes de  distrito sobre la “libertad sindical”, a cargo de un profesor universitario de Derecho del Trabajo.

Por último se condenó en costas a la empresa, las que se regularon en  $700.000 (setecientos mil pesos).

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