Banca / Instituciones Financieras

AFP Cuprum indemniza fondo afectado por exceso de inversión en La Polar

La indemnización se aplica exclusivamente al Fondo Tipo E de la administradora ya que las compras que produjeron el exceso y su posterior incremento se realizaron sólo para ese Fondo.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Jueves 25 de agosto de 2011 a las 11:22 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Cumpliendo con las instrucciones impartida por la Superintendencia de Pensiones, AFP Cuprum comenzó indemnizar los fondos de pensiones de sus afiliados por los perjuicios directos causados ante la infracción a los límites de inversión por la compra en excesos de bonos de Empresas La Polar Series D y E.

La superintendencia señaló que la indemnización se aplica exclusivamente al Fondo Tipo E de AFP Cuprum S.A., ya que las compras que produjeron el exceso y su posterior incremento se realizaron sólo para ese Fondo.

"La indemnización corresponde a todos los afiliados que tengan derecho a recibirla de acuerdo a la normativa vigente, independientemente que a la fecha se encuentren o no en el Fondo Tipo E de esa Administradora o afiliado a ella", dijo.

Para los afiliados que permanecen el Fondo Tipo E, ésta se reflejó hoy en un incremento del valor de la cuota de ese Fondo el día 23 de agosto de 2011.

Para los afiliados que ya no pertenecen al Fondo Tipo E de Cuprum, se enviarán los recursos correspondientes al Fondo y/o AFP u otra institución en donde se encuentren los fondos a ser indemnizados. Se estima que este proceso deberá quedar terminado dentro del mes de septiembre de 2011.

Los montos a indemnizar ascienden a $ 2.375.126.000 por los bonos de la serie E y se estiman en $1.386.513.775 por los bonos de la serie D, debido a que en este último caso el monto se calculará diariamente de acuerdo al precio vigente de este instrumento hasta el 7 de septiembre de 2011, fecha límite para regularizar dicho exceso.

Con todo, la Administradora deberá responder por los perjuicios causados al Fondo de Pensiones Tipo E como consecuencia de cualquier caída o desplome en los precios de estos valores hasta la fecha en que se regularice efectivamente el exceso de inversión. Esta indemnización se reflejará en forma inmediata en el valor de la cuota del Fondo Tipo E, del día que corresponda.

Lo más leído