CDE: “La posición que defendemos es sólida y clara, la reestructuración de Enersis es una fusión”
EL CDE representa a la SVS en la causa que Habitat lleva en su contra, por no declarar la reorganización de Enersis como OPR.
Por: C. Araya / J. Catrón.
Publicado: Lunes 19 de octubre de 2015 a las 04:00 hrs.
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Sin dejar lugar a dudas sobre su opinión, y de manera tajante, a la hora de fundamentarla.
Ésa es la actitud que asume el presidente del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Juan Ignacio Piña, al ser consultado por el anunciado plan de reestructuración de Enersis, que tiene enfrentados a AFP Habitat y a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), la cual es nuevamente representada por el organismo que dirige.
Y al respecto, es enfático: se trata de una fusión.
- ¿Cuándo empezó la coordinación con la SVS para este caso?
-Es importante subrayar que, más allá de la causa mencionada, el CDE y la SVS mantienen una coordinación permanente, en todos los asuntos en que la Superintendencia ha decidido que el Consejo asuma su representación ante los tribunales.
Al respecto, los buenos resultados que, sostenidamente, viene obteniendo el Consejo en causas como La Polar y Cascadas, en representación de la SVS, dan cuenta de la coordinación entre nuestro equipo de abogados especializados en materias financieras y tributarias y el equipo jurídico del regulador. Desde ese punto de vista, el Consejo de Defensa del Estado es, sin lugar a dudas, uno de los litigantes más exitosos en Chile en asuntos que abordan materias financieras de alto grado de complejidad, como ya lo venían dando cuenta fallos que acogieron nuestras tesis en causas que se remontan a la década pasada, como CB Corredores, el Caso Chispas o Inverlink, entre otros.
-Y el desarrollo de los casos ha ido cambiando en el tiempo.
-Esta efectiva coordinación ha permitido hacer frente, de forma eficiente, a baterías de recursos presentados en forma simultánea por las contrapartes y en diferentes frentes: órdenes de no innovar en decenas de reclamos de ilegalidad, o contestaciones en plazos menores a 15 días de sendas demandas de reclamos de multas en proceso, por ejemplo.
- ¿Cuándo decidieron representar a la entidad reguladora en esta causa?
- Se decidió por acuerdo de Consejo de 13 de octubre de 2015.
- ¿Cómo ven el tema en particular? Es decir, ¿cuál es el sustento de la posición de la SVS?
- La posición que defendemos es sólida y muy clara: la reestructuración societaria anunciada por Enersis es una fusión, por lo que no corresponde aplicar al Título XVI de la Ley de Sociedades Anónimas, ya que el órgano de la sociedad llamado a aprobar la operación es un órgano superior al directorio, esto es, la junta de accionistas.
En el caso de una fusión, corresponde, directamente a la junta de accionistas, decidir al respecto, por mandato legal. El directorio sólo puede pronunciarse sobre la misma –opinar–, en el contexto de la convocatoria a dicha junta.
En consecuencia, no procede aplicar la normativa de operaciones con partes relacionadas a una operación de fusión, dado que no sería compatible con las funciones que la ley establece a los órganos de administración y deliberación de una sociedad anónima.
- ¿Cuáles son las posibilidades en este caso?
- No obstante el Consejo tiene una firme convicción sobre la solidez de sus argumentos, debidamente desarrollados en su escrito, no corresponde aventurar escenarios futuros en éste, o en cualquier otro caso presentado ante tribunales, ya que sólo a ellos corresponde la potestad de tomar las decisiones al respecto.
La respuesta del CDE a Habitat
La semana pasada, el CDE ingresó un documento a la Corte de Apelaciones, en el que pide rechazar la solicitud de ilegalidad presentada por Habitat, además del pago de costas.
Entre los argumentos que esgrime la entidad se encuentra el hecho de que la SVS tiene la facultad de interpretar las normas legales, y "el que dicha interpretación no concuerde con la que sostiene la recurrente no la transforma en ilegal, ni implica una renuncia a ejercer las facultades fiscalizadoras". Luego, señala que "parece más acertado sostener que las normas de fusión son las que contendrían los resguardos 'adicionales' para los accionistas minoritarios", para luego precisar que la responsabilidad del directorio "no disminuye y menos desaparece, como argumenta la reclamante", en caso de que se trate de una transacción distinta a una IPR.
El proceso
Abril 2015 Enel anuncia reestructuración societaria de Enersis.
20 de julio La SVS dijo que a la reorganización societaria anunciada por el holding no le es aplicable la normativa sobre operaciones con partes relacionadas, sino que sólo las disposiciones especiales que regulan sus etapas.
8 de agosto AFP Habitat interpuso un recurso de ilegalidad en la Corte de Apelaciones de Santiago contra la resolución de la SVS respecto de la materia.
13 de octubre El CDE decide representar a la SVS en dicho caso.
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