Corte de Apelaciones declara admisible demanda colectiva de Odecu contra AFP Hábitat
Con esto la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu) exige que se restituya a los afiliados lo indebidamente cobrado, se condene al pago de la multa máxima, así como también la indemnización de todos los afectados.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Jueves 31 de julio de 2014 a las 11:33 hrs.
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El pasado 29 de julio, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible la demanda colectiva interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu) en contra de AFP Hábitat, por la modificación unilateral de contratos de cerca de una decena de miles de clientes.
La acción, presentada en noviembre de 2013, acusa a la administradora de fondos de realizar cobros no consentidos de comisiones a los afiliados de su "Cuenta de Ahorro Voluntario" –conocida popularmente como Cuenta 2–, siendo que ésta era sin costo inicialmente, salvo que el ahorrante retirara total o parcialmente los dineros, antes de su jubilación.
A través de esta demanda colectiva, Odecu solicita al Tribunal que condene a AFP Hábitat al pago de la multa máxima que legalmente proceda aplicar –multa a beneficio fiscal–, además de la devolución de lo pagado por concepto de comisión de administración por cada uno de los consumidores afectados, con reajuste e intereses.
Odecu exige, además, que la AFP realice el pago de indemnizaciones o reparaciones, según el juez considere pertinente, y se determine el monto de éstas a favor de cada consumidor, grupo o subgrupo.
Según estipula la organización de consumidores, resultaron afectados todos los clientes que mantenían Cuentas de Ahorro Voluntario con AFP Hábitat, antes de enero de 2009, fecha en la que la administradora de fondos modificó el contrato de adhesión de los afiliados a dicha cuenta, incorporando una cláusula que obligaba a éstos a pagar. Desde entonces, la AFP habría descontado comisiones por más de $ 1.430 millones anuales.
Tras la decisión de la Corte de Apelaciones, se procederá a los alegatos sobre el fondo de la demanda, sesión que aún tiene fecha a determinar.
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