Presentan 17 indicaciones a proyecto de tarjetas de prepago: se mantienen diferencias por rol del Metro
Ricardo Lagos Weber, agregó una precisión referente al Metro de Valparaíso. “Metro S.A. deberá incluir dentro de la sociedad anónima que constituya a su filial Merval S.A”, dice el texto.
Por: Equipo DF
Publicado: Martes 5 de julio de 2016 a las 04:00 hrs.
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De las 17 indicaciones que fueron añadidas ayer al proyecto de ley que facultará a las entidades no bancarias a emitir tarjetas de prepago, sólo una elimina el artículo que incluye a Metro en la iniciativa. Ésta corresponde al senador UDI Juan Antonio Coloma, quien siempre ha destacado el problema de competencia que se generaría con la presencia de la estatal en dicho mercado.
El presidente del Senado, Ricardo Lagos Weber, agregó una precisión referente al Metro de Valparaíso. “Metro S.A. deberá incluir dentro de la sociedad anónima que constituya a su filial Merval S.A”, dice el texto, aunque el tren urbano de Valparaíso depende de EFE.
Otras indicaciones tienen que ver con fortalecer la competencia y con explicitar que se pueden usar las redes vigentes para las transacciones.
Por ejemplo, el senador Eugenio Tuma sostuvo que “en aquellas empresas o sociedades cuyo capital, considerando inversiones propias y aquellas administradas a nombre de terceros, participen empresas o grupos empresariales que son competidores, previo a la emisión u operación de tarjetas de pago con provisión de fondos (...) se requerirá un pronunciamiento de la Fiscalía Nacional Económica”.
El mismo parlamentario solicitó que “durante los primeros 24 meses contados desde la fecha de entrada en vigencia de la ley y mientras los comercios no convengan con las condiciones bajo las cuales las sociedades de apoyo al giro bancario u otro operador no bancario aceptarán los medios de pago con provisión de fondos o cualquier otro sistema similar, dichas sociedades u operadores deberán asimilar las condiciones contractuales que mantengan vigentes con el comercio y que consideren las más bajas comisiones para su operación”.
En tanto, Coloma va un poco más allá, enfatizando que “las sociedades de apoyo al giro bancario (...) podrán utilizar la tecnología y medios electrónicos necesarios para facilitar que los establecimientos de comercio con los que mantienen contratos vigentes puedan aceptar la operación de medios de pago con provisión de fondos y similares”.
También hubo precisiones respecto del capital de los actores. La senadora de Amplitud Lily Pérez consignó que “la normativa del Banco Central, en ningún caso podrá exigir a las empresas no bancarias emisoras u operadoras de medios de pago con provisión de fondos, un capital pagado y reservas superior al 10% del monto exigido a las empresas bancarias”.
El Ejecutivo
El gobierno añadió sólo una nueva indicación, señalando que el BC “estará facultado para dictar normas diferenciadas, atendiendo a la naturaleza de las operaciones que efectúen los emisores u operadores, ya sea con motivo de emitir u operar medios de pago de distinto tipo, del monto o la moneda en que estén expresadas las obligaciones contraídas respecto de las entidades afiliadas que acepten dichos medios de pago, del grado de aceptación con que cuenten los mismos en la economía, así como de los riesgos que por estos conceptos asuman las instituciones fiscalizadas, entre otras circunstancias (...) que deban considerarse para éste propósito”.
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