Reestructuración Enersis: Capital desestima presentación del CDE
La administradora aclara que su votación en la junta de accionistas no altera en nada el objeto del recurso.
Por: Camila Araya G.
Publicado: Martes 29 de diciembre de 2015 a las 04:00 hrs.
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Navidad no evitó que AFP Capital refutara duramente la presentación que hizo el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en el recurso de ilegalidad presentado por Habitat en contra de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), por no declarar la reestructuración de Enersis como una Operación entre Partes Relacionadas (OPR).
Y así, calificó dicho documento de inadmisible en derecho. “Lo que la presentación del Consejo de Defensa del Estado, actuando en representación de la Superintendencia de Valores y Seguros, parece olvidar, sin embargo, es que las medidas para mejor resolver requieren haber sido decretadas previamente por el respectivo tribunal”, comentó la AFP en un escrito ingresado el sábado 26 de diciembre pasado.
Capital también consignó, “para evitar cualquier confusión”, que el contenido de la comunicación que la administradora remitió a Enersis el pasado 17 de diciembre (carta que el CDE destacó ante la justicia), “apuntó a señalar condiciones que permitieran resguardar de mejor forma los intereses de los afiliados de AFP Capital S.A., y de los fondos de pensiones, en el marco de la reestructuración propuesta por Enel, y no a manifestar intención respecto de la votación en la junta de accionistas del pasado 18 de diciembre de 2015 (como erróneamente señala la presentación del Consejo de Defensa del Estado)”.
La administradora precisó que su actuación en la causa, en calidad de tercero coadyuvante de la parte reclamante, “se ha dado siempre en la lógica de requerir que se apliquen en este caso las normas contenidas en la Ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, referidas a las operaciones con parte relacionada, por entender que es lo que corresponde de conformidad a Derecho”.
Y en ese contexto, afirmó, la votación de Capital en la junta de accionistas “en nada altera eso”. Esto, porque la aplicación de las normas de OPR es indispensable en la última etapa de la reorganización, que es la fusión, “que por cierto no fue materia de la junta”, añadió.
Así, la AFP destacó la importancia de que la aprobación de la fusión de las sociedades aún está pendiente.L
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