Corte Suprema da luz verde a termoeléctrica Punta Alcalde
Fallo del máximo tribunal dijo que el proyecto de Endesa quedó calificado favorablemente en su faceta ambiental.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Viernes 17 de enero de 2014 a las 14:44 hrs.
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Tras sucesivos reveses en la justicia por los recursos de la comunidad y grupos ambientalistas, finalmente la termoeléctrica Punta Alcalde podrá seguir con su desarrollo, aunque deberá cumplir con todas las condiciones y obligaciones ambientales impuestas en la Resolución de Calificación Ambiental.
En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Sergio Muñoz, Haroldo Brito, María Eugenia Sandoval, Juan Eduardo Fuentes y Gloria Ana Chevevisch, ratificaron la resolución de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado uno de los recursos, y revocaron la determinación que había acogido tres recursos de protección en contra del Comité de Ministros que autorizó el proyecto con una serie de compensaciones.
El fallo determina que el Comité de Ministros cuenta con las facultades para modificar los proyectos sometidos al sistema de evaluación ambiental, por lo que no hubo actuar arbitrario e ilegal en la decisión que modificó el proyecto.
La tercera sala de la Corte Suprema indicó que el proyecto ha quedado calificado favorablemente en su faceta ambiental, "bajo las condiciones expresadas en el fundamento 28 del fallo adjunto, única forma en la que se entiende que no afecta la garantía constitucional del artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República".
Según se desprende del fallo de 56 páginas, la Suprema consigna que si bien no se puede obviar la circunstancia de que el funcionamiento de la Central podría eventualmente generar efectos perniciosos para el medio ambiente, de modo que si bien la decisión de autorizar su puesta en marcha no puede ser reprochada por este medio procesal, se dispondrá, en cumplimiento del mandato contemplado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, "la práctica de determinadas medidas".
La Suprema dice que la firma deberá mantener un monitoreo permanente e informar públicamente sus resultados, en torno a la temperatura registrada en la captación y vertimiento de las aguas de mar necesarias para el enfriamiento de sus chimeneas. De la misma forma deberá financiar a los pobladores organizados en una institución o la Municipalidad de la localidad para efectuar la toma de muestras y análisis por laboratorios independientes, cuyos resultados serán enviados al titular del proyecto y a la autoridad competente. Análisis que se realizarán, a lo menos, cada cuatro meses.
En el documento, la Suprema también señala que Endesa deberá dar estricto y cabal cumplimiento a todos y cada uno de los compromisos voluntariamente adquiridos en el procedimiento de evaluación ambiental, de tal modo que su realización se haya concretado a la fecha de inicio de las operaciones de la central ubicada en la III Región.
Entre los principales compromisos asoma la contratación de mano de obra local; elaboración de un "Plan de Promoción del Turismo" orientado al sector sur de Huasco; desarrollar, instalar y mantener infraestructura que permita contemplar e ilustrar al turista respecto al Desierto Florido; mantener el programa de reforestación; instalar dos estaciones de monitoreo de la calidad del aire; mantener una página de internet de libre acceso durante la fase de operación y por toda la vida útil del proyecto; implementar un Plan de Ajuste Dinámico, con el objeto de actuar en forma preventiva ante una superación de las emisiones comprometidas.
Cabe consignar que Punta Alcalde entró a tramitación medioambiental en febrero de 2009. La central tendrá una capacidad instalada de 740 MW, en dos unidades e involucra inversiones por unos US$ 1.400 millones.
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