El Servicio Nacional de Migraciones (Sermig) dijo que se concretó el embargo de cuentas corrientes de JetSmart luego de que la aerolínea acumulara 42 multas por infracciones a la normativa migratoria entre 2023 y 2025.
Según informó BioBio, el servicio confirmó al medio que la medida finalmente se materializó tras una serie de sanciones que alcanzaron un total de $781.422.879, equivalentes a 10.820 UTM.
Las multas corresponden principalmente al transporte hacia Chile de pasajeros extranjeros que no contaban con la documentación necesaria para ingresar al país.
De acuerdo con los antecedentes entregados por el organismo a BioBio, las infracciones fueron denunciadas en su momento por la Policía de Investigaciones (PDI). A los casos relacionados con la documentación de extranjeros se sumaron otros en los que la aerolínea no entregó los listados de pasajeros requeridos.
Migraciones señaló que la solicitud de embargo se realizó una vez concluidos los respectivos procedimientos sancionatorios y después de que se abrieran las instancias correspondientes para que JetSmart presentara sus descargos.
Según el organismo, los argumentos entregados por la aerolínea “no lograron desvirtuar los hechos” que dieron origen a las sanciones.
El director del Sermig, Frank Sauerbaum, confirmó la medida y señaló que las sanciones correspondían a multas que la empresa mantenía impagas.
“Hoy, el Servicio Nacional de Migraciones, en cumplimiento de la ley 21.325, ha retenido las cuentas corrientes de una línea aérea nacional por incumplimiento de la ley y por infracción a la Ley de Migraciones, básicamente por traer a extranjeros sin las visas y los permisos respectivos”, señaló.
Sauerbaum agregó que se trata de “multas millonarias que la empresa no ha pagado durante largo tiempo” y sostuvo que la justicia respaldó la posición del organismo.
JetSmart: "Esa presentación descontextualizada puede generar una impresión equivocada"
Tras la difusión del comunicado, JetSmart salió a precisar que las multas actualmente controvertidas en sede judicial y representan menos del 0,0003% de los pasajeros que transportan anualmente.
En esta línea, también aclaró que "dichas multas se relacionan con una controversia respecto de la entrega de información requerida por la autoridad migratoria y, en ningún caso, con el transporte ilegal de personas, como podría desprenderse del comunicado del Servicio". "Esa presentación descontextualizada puede generar una impresión equivocada acerca de los hechos discutidos y el estado real de las causas", añadió.
La aerolínea declaró que –a su juicio– resulta improcedente que un servicio público presente como definitivas sanciones "cuya legalidad está siendo discutida en procesos actulamente en tramitación ante los Tribunales de Justicia". Estos son un juicio ordinario de nulidad relativo a multas asociadas a la plataforma GENDEC y otro en el que se están tramitando las excepciones presentadas por la aerolínea, "las que fueron declaradas admisibles, encontrándose actulamente la causa en etapa de prueba".
Además, despejó que una de las sanciones invocadas por el Servicio fue dejada sin efecto por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió un recurso de protección. Dicha decisión fue recurrida por el SERMIG y la causa se encuentra a la espera de una resolución del máximo tribunal.
Respecto del embargo, JetSmart precisó que se trata de una medida cautelar propia de un procedimiento ejecutivo en curso, acotada a un monto de aproximadamente $780 millones de pesos, y que no corresponde a un embargo general de sus cuentas bancarias. Esta medida no tiene impacto material en sus operaciones, las que continúan desarrollándose con absoluta normalidad".
Hacia el final, agregó que mantienen su compromiso con el cumplimiento de la normativa vigente y con la colaboración con las autoridades que continuarán "ejerciendo todos los derechos y acciones que contempla la ley y espera que estas controversias sean resueltas por los tribunales de justicia, con pleno respeto al debido proceso y sobre la base de los antecedentes que forman parte de cada causa, y no mediante afirmaciones públicas que anticipen conclusiones aún sometidas al conocimiento de los tribunales".