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REGÍSTRATE AQUÍLa instancia rechazó la petición de Tamakaya en torno al cálculo del costo variable del gas natural.
Por: Jéssica Esturillo O.
Publicado: Viernes 4 de mayo de 2018 a las 04:00 hrs.
Un revés sufrió BHP en su disputa contra el Coordinador Eléctrico Nacional por la forma en que informa y se calculan los costos variables de su central a gas Kelar.
El Panel de Expertos, especie de tribunal que dirime las controversias en el sector, rechazó la petición que realizó Tamakaya, sociedad ligada a la angloaustraliana y que abastece el gas natural que utiliza la unidad de 571 MW ubicada en Mejillones.
El enfrentamiento surgió por el daño financiero de unos US$ 5 millones que la firma ligada a BHP reclamó ante el Panel debido al reconocimiento parcial que el Coordinador habría realizado de los costos variables, asociados a combustible, en los que Tamakaya incurrió y que duplican la cifra señalada.
La diferencia se produjo por el ajuste del precio del gas natural que Minera Escondida proporciona a Tamakaya, en virtud de un contrato con Gas Natural Fenosa (GNF), el cual contiene cláusulas de indexación que se activan en forma posterior al uso del hidrocarburo y que en el caso recurrido implicaron un incremento respecto de los valores declarados inicialmente por la eléctrica.
A raíz de esto, la filial de BHP acusó que se buscaba que Kelar “opere considerando artificialmente un gas a un valor inferior al real”, con lo cual no lograría cubrir sus costos “afectando su estabilidad financiera con los consiguientes efectos negativos en la cadena de pagos”, decía en su discrepancia.
A partir de la declaración de costos de operación, tanto fijos como variables, el coordinador establece la secuencia de despacho de las distintas centrales del sistema, a partir de un criterio que privilegia aquellas con menores costos de operación.
En 2016 la autoridad determinó un cambio en la norma para evitar la especulación y manipulación de los costos del sistema, a partir de los precios de combustible que se declaran. La adecuación consistió en fijar un período tras la declaración de costos fijos y variables, en que las eléctricas no pueden modificar la información.
El Panel de Expertos determinó rechazar la petición de Tamakaya tendiente a que se reconociera en su operación futura este cambio en los precios, porque “dicho tipo de ajustes puede importar una distorsión en el costo marginal del sistema, que lo desviaría de su operación más económica”.
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