Contraloría toma razón de reglamento que define la velocidad mínima de la banda ancha en Chile
Norma de la Subtel fija un estándar 100 veces mayor al propuesto por la industria, con 25 megas para servicios fijos y 5 megas para móviles.
Por: Magdalena Espinosa
Publicado: Miércoles 22 de julio de 2020 a las 09:52 hrs.
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Humo blanco salió de la Contraloría General de la República, luego de que el organismo notificara a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) de la toma de razón del reglamento que fija la velocidad mínima de internet tras el ingreso en diciembre del documento.
El documento establece aspectos claves para determinar la calidad de servicio y fija qué se entiende por banda ancha. En este aspecto, la normativa técnica que deberán empezar a cumplir el sector estableció que la velocidad mínima será cien veces superior a la propuesta que hizo la industria en el proceso de elaboración del documento y se asemeja a las exigencias de Estados Unidos: una oferta mínima de 25 megas. Si el plan es inferior a esta cifra, no se considerará banda ancha y deberá incluir este detalle en el producto de cara al cliente. Mientras que para los servicios móviles se exigirá una velocidad de 5 Megas.
La Ministra de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Gloria Hutt, dijo que con la entrada en vigencia de este reglamento "buscamos que los usuarios puedan acceder a internet teniendo de antemano reglas claras, mayor información sobre los servicios contratados, y con una mejor calidad de servicio. Con la toma de razón del reglamento, estamos dando un paso fundamental en una mayor transparencia en la oferta y en la calidad de servicio de las conexiones de Internet en el país".
La normativa permitirá implementar un sistema de medición para que la velocidad contratada por los usuarios se acerque a la velocidad real que reciben en sus dispositivos. En ese sentido, la ministra dijo que esta herramienta permitirá "atacar" uno de los principales malestares de los usuarios de internet, quienes muchas veces reclaman que no reciben la velocidad contratada en la promesa comercial.
También la Subtel creó un Organismo Técnico Independiente (OTI), que será encargado de realizar mediciones periódicas que permitan verificar si en promedio las empresas están entregando el servicio comprometido. La información que levante esta entidad será clave para realizar estadísticas semestrales y ranking de calidad de los servicios entre los diferentes operadores, de manera que los usuarios posean mayor información sobre los estándares de calidad de servicios a la hora de contratar un plan de Internet.
Detalles del reglamento
Además de los pisos mínimos exigidos en los servicios fijos y móviles a la industria (25 Megas y 5 Megas, respectivamente), algunos de los detalles importantes de reglamento es que en horario de alto tráfico el internet hogar la velocidad contratada debe acercarse al menos un 95% en relación al contrato entre el operador y el usuario, mientras que para las señales inalámbricas debe ser de 90%.
En tanto, para los horarios de bajo tráfico, la velocidad de los servicios fijos debe ser de un 98% de proximidad al plan comercial, y para los segmentos móviles de un 93%.
La normativa también contempla que en caso de incumplimientos por parte del operador de los porcentajes garantizados, el usuario podrá acceder a descuentos puntuales, descuentos "semi permanentes" o incluso a la adecuación del plan contratado, si aceptara tal medida.
La compensación operará en proporción al tiempo que el servicio funcionó deficientemente, sin embargo, el operador estará siempre obligado a demostrar que las mediciones realizadas por el usuario no son correctas, por lo que se genera un estándar de protección más elevado para los clientes.
La Subsecretaria de Telecomunicaciones, Pamela Gidi, sostuvo que el reglamento "es una herramienta eficaz, muy importante para que puedan hacer valer sus derechos, generando más claridad sobre los servicios que contratan y clara información sobre las condiciones comerciales y técnicas que recibirán".
También comentó que la creación del Organismo Técnico Independiente entrega mayor transparencia, tal como lo hizo en su momento la creación del administrador de la Portabilidad Numérica. "Todos estos avances regulatorios que hemos llevado a adelante en nuestro gobierno han puesto a los usuarios en el centro de las políticas públicas de telecomunicaciones, estableciendo cambios normativos que promuevan la competencia, menores tarifas y una mayor calidad de servicio", añadió la autoridad.
En los próximos días el reglamento seá publicado en el Diario Oficial y, tras esto, se procederá a publicar las bases de licitación y posterior adjudicación del Organismo Técnico Independiente (OTI).
Luego de que un ganador se adjudique el OTI viene el período de implementación de una marcha blanca en el que se promulgará la segunda parte de la norma técnica, donde las empresas tendrán un período para informar a sus usuarios respecto de las nuevas disposiciones, y que finalizará con el inicio de las nuevas obligaciones a la que estarán sujetas las proveedoras de servicio.
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