El 15 de junio entra en vigencia el reglamento de telecomunicaciones
Reconoce a usuarios de prepago como suscriptores y empresas deberán entregar mediciones de velocidad de Internet, entre otras medidas.
Por: Verónica Moreno
Publicado: Jueves 5 de junio de 2014 a las 05:00 hrs.
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El 15 de junio entrará en vigencia el nuevo Reglamento para los Servicios de Telecomunicaciones, que busca dar mayor transparencia al mercado y resguardar los derechos de los usuarios a la hora de adquirir algún servicio.
Este reglamento, que fue elaborado el año pasado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), establece reglas y obligaciones a las empresas proveedoras de esta industria.
Pedro Huichalaf, subsecretario de Telecomunicaciones, señala que una de las cosas más importantes de esta nueva normativa es que reemplaza al antiguo reglamento que sólo regulaba los servicios de telefonía. “Ahora se agrega Internet, televisión de pago, entre otros, lo que da cuenta del cambio que han tenido las telecomunicaciones en el país”, dice.
En el caso de Internet, se establece que las compañías deben entregar información de mediciones de velocidad, calidad de servicio y medidas de gestión de tráfico.
En tanto, para la televisión de pago, establece que en caso de cambio de algún canal del paquete contratado, se deberá avisar al cliente con al menos 20 días hábiles de anticipación y reemplazar el canal con uno de calidad similar o realizar una compensación.
Telefonía Móvil
Otro de los cambios importantes es que se reconoce como suscriptores a quienes utilizan telefonía móvil de prepago, lo que implica que a estos usuarios se le otorgarán más derechos, entre ellos la posibilidad de recuperar recargas no utilizadas durante el período de vigencia y se establece un período de 180 días sin recarga para que las operadoras móviles puedan dar de baja una cuenta de prepago.
En el caso de los clientes de postpago, las compañías deberán reservar el número telefónico por dos años, desde que se da de baja el servicio por parte del usuario, de tal manera que si desea recuperarlo podrá hacerlo durante ese plazo, el que se podrá reducir a 180 días si el cliente finalizó el contrato por no pago.
En el caso del roaming internacional de voz, mensajería y datos, éstos deberán venir bloqueados por defecto, habilitándose únicamente a quienes lo soliciten. Y además, se incorpora la obligación de enviar un mensaje de texto al usuario, cada vez que inicie una sesión de roaming internacional, señalando que se encuentra activado.
Respecto de los servicios contratados en forma conjunta, se establece la obligación de que se indique en la cuenta del suscriptor además del valor del paquete, el de cada uno de los servicios contratados y el descuento asociado a éstos, junto con permitir, por un tiempo definido, la posibilidad de pagar en forma parcial. También se prohíbe la venta atada de servicios de telecomunicaciones, por lo que cada compañía deberá ofrecer individualmente cada uno de los servicios que ofrecen en paquetes, permitiendo al suscriptor optar por la combinación de servicios que más le acomode.
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