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REGÍSTRATE AQUÍSin embargo, la asociación de aseguradores de dicho país ha expresado que no concuerda con la medida.
Por: Equipo DF
Publicado: Miércoles 11 de diciembre de 2019 a las 04:00 hrs.
Desde octubre de este año los peruanos pueden hipotecar su vivienda para recibir un aporte extra mensual para su pensión. Esto, porque la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció la denominada “hipoteca inversa”.
Creada por ley en 2018, comenzó a operar el mes pasado: es un tipo de préstamo mediante el cual las personas mayores de 65 años reciben una pensión usando su vivienda como garantía.
El inmueble es tasado por un banco que posteriormente entrega un pago mensual al pensionado acorde al precio de la casa y de la esperanza de vida de los propietarios. Tras la muerte de los dueños del inmueble, la entidad financiera o aseguradora deberá convocar a los herederos para que estos opten por pagar la deuda y conservar la vivienda.
Sin embargo, en el caso de que los herederos no puedan pagar la deuda, la entidad financiera podrá quedarse con la casa y venderla. Si el monto de venta es mayor a lo entregado a los dueños originales se deberá ofrecer el saldo a los descendientes.
La asociación de aseguradores de Perú ha expresado que la iniciativa debe tener ciertas modificaciones. Argumentan que la normativa no da certeza sobre el tiempo mínimo que podría durar un contrato de hipoteca inversa.
Por ello, propusieron un cambio para que el prepago se pueda realizar a partir del décimo año de contrato, indicó el presidente de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, Eduardo Morón
La regulación de la SBS establece que esta iniciativa es considerada como un crédito hipotecario, tanto para las empresas del sistema financiero como para las aseguradoras, por lo que los procedimientos son similares.
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