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Conocimiento sobre impuestos y toma de decisiones

Luis Avello

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Bastante se ha hablado sobre la reforma tributaria y sus efectos durante el presente proceso de operación renta, los que veremos a partir de enero de 2017, con la entrada en vigencia de los nuevos sistemas de tributación sobre base atribuida o parcialmente integrada.


No obstante, producto de la contingencia nacional, parece importante recordar que el texto de la reforma tributaria, también, introdujo modificaciones al Código Tributario en relación a las nuevas normas antielusión, en los casos de abuso en las configuraciones jurídicas que los contribuyentes adopten, así como en actos que tengan efectos impositivos; los cuales a juicio del SII, sean considerados simulados, es decir, cuando se oculta la verdadera voluntad o el contenido real de un negocio.


De igual forma, es necesario señalar que el abuso de formas jurídicas en materia de impuestos se refiere a operaciones tendientes a evitar la carga fiscal y no existiría un impacto económico diferente al propio acto de eludir un tributo.


Si bien la ley señala que la autoridad fiscal deberá reconocer la buena fe de los contribuyentes en materia tributaria, el propio texto establece que no habrá buena fe, si mediante actos o negocios jurídicos o un conjunto o serie de ellos, se eluden los hechos imponibles establecidos en las disposiciones legales tributarias correspondientes. De igual forma, expresamente señala que existe elusión de los hechos imponibles en los casos de abuso o simulación a los cuales me estoy refiriendo.


Es de interés recordar que la sanción contemplada para este tipo de operaciones, en caso que el SII así lo determine, puede alcanzar un monto cercano a los $ 50 millones y adicionalmente en el caso que la infracción sea determinada a una entidad jurídica, será aplicada a directores o representantes legales si hubieran infringido sus deberes de dirección y supervisión. Sin duda, la acción fiscalizadora hoy cuenta con herramientas efectivas e importantes sanciones, las cuales no se contemplaban anteriormente.


En base a estas nuevas atribuciones, sumado a un sistema tributario que basará su complejidad en la interpretación de nuevas leyes, circulares e interpretaciones administrativas, hacen imperioso que el foco de accionistas, directores, y profesionales relacionados con la administración contable e impositiva deban tener una constante actualización, lo cual permita un control apropiado minimizando los riesgos de una toma adecuada de decisiones en materia impositiva.

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