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¿Luz al final del túnel? Tras más de una década de discusión, se reactiva el tratado para evitar la doble tributación entre Chile y Estados Unidos

El próximo primero de junio la comisión de RREE del Senado norteamericano puso en tabla el texto, el que de no mediar inconvenientes se transformará en ley. Quedan eso sí algunos puntos menores a negociar entre Hacienda y el Tesoro norteamericano.

Por: S. Valdenegro y R. Carrasco | Publicado: Miércoles 24 de mayo de 2023 a las 11:10 hrs.
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Foto: Reuters
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Un movimiento en el Congreso norteamericano tiene atentos a inversionistas, asesores legales y las autoridades fiscales y diplomáticas tanto de Chile como de Estados Unidos.

Es que luego de más de una década de tramitación, en los próximos días se marcará un hito clave en la discusión del convenio para evitar la doble tributación entre nuestro país y la principal economía del mundo.

Así, para el primero de junio, luego de la conmemoración del Día de los Caídos en Estados Unidos, la comisión de Relaciones Exteriores del Senado de ese país puso en tabla el acuerdo, con lo que se anticipa una votación favorable para llevarlo al Pleno y, posteriormente, convertirse en ley.

El tema ha sido objeto de análisis y conversaciones entre las autoridades de los ministerios de Hacienda y de Relaciones Exteriores criollos con sus pares del Tesoro y Estado norteamericanos. Asimismo, ha sido un viejo anhelo de los congresos e inversionistas en ambos lugares, ya que establece una serie de mecanismos y resguardos para incentivar los flujos entre ambas naciones.

Paula Estévez, gerenta general de AmCham Chile. Juan Gabriel Valdés, embajador de Chile en EEUU. Fotos: Julio Castro y Archivo

El embajador nacional en Washington, Juan Gabriel Valdés, explica a Diario Financiero que es probable que el senador Rand Paul (Republicano) tenga objeciones al acuerdo, lo que podría demorar una semana más el proceso. Sin embargo, agrega que el senador Charles Schumer (Demócrata), líder de la mayoría en la Cámara Alta, ha prometido que luego de ese proceso pondrá el tratado para votación del Pleno.

"Estamos cerca de la aprobación por el Senado de los Estados Unidos del tratado de doble tributación entre Chile y los Estados Unidos que ha esperado diez años. Los esfuerzos de la coalición de empresas norteamericanas, de AmCham y de sucesivos embajadores de Chile en Washington se ven finalmente compensados. Este tratado ayudará sin dudas la inversión norteamericana en Chile", señala el diplomático.

Por su parte, la gerenta general de AmCham Chile, Paula Estévez, se declara "optimista" de que el convenio se apruebe este mismo año.

"Este acuerdo facilitará el flujo de capitales, lo que conlleva a una diversificación de las actividades comerciales entre ambos países, incluyendo los beneficios de transferencias tecnológicas, buenas prácticas en inclusión y diversidad, entre otros importantes intangibles que vienen junto a los proyectos de inversión", destaca.

Sin este acuerdo, complementa, el costo de la inversión sube aproximadamente un 10%, "haciendo a Chile relativamente menos competitivo y limitando que compañías estadounidenses continúen invirtiendo en el país en una gran variedad de sectores como lo son el energético, tecnológico, minerales críticos como el litio y el cobre, servicios financieros, retail, alimentos e innovaciones en salud".

Un historial de retrasos

Un viejo anhelo de las administraciones fiscales de Estados Unidos y Chile en las últimas décadas ha sido eliminar la doble imposición que afecta a contribuyentes en ambos países. Ambos gobiernos suscribieron un acuerdo en esa línea en febrero del año 2010 para que fuera ratificado por ambos congresos.

En caso de superar la valla de la comisión de RREE en Washington, para aprobarse en el Pleno necesita dos tercios de los votos. El texto ya fue ratificado por el Congreso chileno en 2015.

Un análisis elaborado por EY Chile en abril del año pasado aterrizaba los efectos prácticos del tratado para los contribuyentes chilenos en suelo norteamerican o y viceversa.

Así, el convenio contiene siete principales disposiciones. La primera es la reducción de las tasas de retención de impuestos sobre dividendos pagados desde Estados Unidos a Chile por intereses y regalías.

Una segunda implicancia se relaciona con una tasa de retención reducida del impuesto sobre ganancias de capital asociadas a la venta de determinadas acciones, aplicable en el país fuente de dichas rentas.

La definición de establecimiento permanente considera que existe uno a partir de la prestación de servicios en determinadas circunstancias, y en los casos en que una instalación es utilizada para la exploración terrestre de recursos naturales si dura más de tres meses, entre otros.

Una cuarta disposición es un artículo de limitación de beneficios que incluye el concepto de "sede principal de dirección efectiva y control".

También, se incluyen disposiciones que permiten el intercambio de información entre las autoridades fiscales de Estados Unidos y Chile. Esto es clave, ya que actualmente, y conforme a la ley Fatca, determinada información financiera de contribuyentes americanos es reportada de manera automática al Internal Revenue Service (IRS, símil norteamericano del SII).

En sexto lugar, se incorporan reglas que califican a los ingresos por intereses y regalías como ingresos originados en el país de residencia del pagador o, alternativamente, si el pagador tiene un establecimiento permanente respecto del cual la responsabilidad legal del pago se haya generado, ingresos que se entenderían originados en la ubicación del establecimiento.

Por último, se dispone una prueba de lugar de uso para obtener ingresos por regalías en los casos en que no se apliquen la residencia del pagador y las reglas de establecimiento permanente descritas anteriormente.

Otro factor de relevancia es que los contribuyentes extranjeros en Chile que residen en un país con el que se ha firmado o aprobado un convenio de doble tributación tendrán una tasa máxima personal de impuestos de un 35%, versus el 44,45% para los chilenos en virtud de la reforma tributaria del 2014 y la reducción a un 65% del crédito por impuesto corporativo que se puede utilizar en el Global Complementario. O sea, a dichos contribuyentes se les mantiene un 100% de integración entre el gravamen personal y el corporativo.

Los detalles...

En 2022, los senadores de la comisión de Exteriores plantearon dos "reservas" al texto del convenio.

La primera es que ninguna de las disposiciones del convenio se podrá interpretar como un impedimento a la imposición del Tax on Base Erosion Payments of Taxpayers with Substantial Gross Receipts (una norma de la reforma tributaria estadounidense del 2017) que grava a las entidades residentes en Estados Unidos, o las utilidades de entidades residentes en Chile que son atribuibles a un establecimiento permanente en Estados Unidos; y la segunda es que se reemplace el párrafo primero del artículo 23, que regula los métodos para eliminar la doble imposición desde la perspectiva de Estados Unidos para hacerlo consistente con el sistema de créditos por impuestos pagados actualmente vigente bajo la ley estadounidense.

Estas enmiendas no serían menores, ya que derivarían en cambios al tratado original y, en consecuencia, que el Congreso chileno deba nuevamente ratificar esos ajustes. Pero fuentes al tanto señalan que dichas conversaciones serían fluidas y no extenderían en demasía el trámite final.

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