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Reforma tributaria: Gobierno eleva penas para evitar acusaciones falsas del denunciante anónimo

La comisión de Hacienda de la Cámara despachó el capítulo sobre Tesorería General de la República. Hoy se ve tema sobre fiscalización y relación del SII con el contribuyente.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Lunes 21 de noviembre de 2022 a las 18:40 hrs.
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Foto: Agencia UNO
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Luego de casi dos semanas de pausa por el trámite del Presupuesto, la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados retomó la tramitación del proyecto de reforma tributaria, avanzando en el despacho de un nuevo capítulo de normas, esta vez relacionado con los procedimientos ante la Tesorería General de la República (TGR).

Sin embargo, quedaban pendientes algunos ajustes que ingresó el Ejecutivo al primer capítulo, que trata sobre las medidas para combatir la evasión y la elusión.

Hacienda aumentó a 15 UTM la sanción por presentar una denuncia falsa, permitiendo también que el afectado interponga acciones contra el denunciante anónimo.

En este punto, uno de los temas que mayor discusión generaba dentro de la comisión era la creación de la figura del “denunciante anónimo” con fines tributarios.

¿La razón? En la oposición buscaban aumentar las sanciones para quienes realizaran denuncias falsas, con lo que -advertían los diputados de Chile Vamos- podría crearse una “industria” de acusaciones falsas en la materia.

Por lo tanto, Hacienda ingresó este lunes una modificación a la materia, que aumenta las penas para quienes aporten antecedentes a sabiendas que son “falsos o fraudulentos”, pasando de la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, a presidio menor en su grado medio a máximo.

A su vez, se ajustó la multa, pasando de un rango entre 6 a 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM, entre $ 365.118 y $ 608.530), a una sanción de 15 UTM ($ 912.795).

También, la indicación establece que estas sanciones serán sin perjuicio de las acciones que el denunciado pudiese interponer para resarcir los perjuicios causados. También, se incluye que si el sancionado tuviera la naturaleza de denunciante anónimo, perderá dicha calidad.

Si bien se acogieron algunos puntos planteados por la oposición, lo cierto es que el tema generó fuertes discrepancias con el Ejecutivo. Los diputados Agustín Romero (Republicanos), Miguel Mellado (RN) y Guillermo Ramírez (UDI) consideraron que las sanciones no eran suficientemente disuasivas para evitar denuncias maliciosas, por lo que votaron en contra del artículo.

Pese a lo anterior, la comisión visó la propuesta del Ejecutivo por siete votos a favor y cinco en contra.

Menores intereses penales

La otra enmienda ingresada por el Ejecutivo fue mejor recibida por la comisión, ya que reduce el interés penal mensual por mora en el pago de impuestos desde 1,5% a 0,9%.

El proyecto original de reforma reducía dicho guarismo a 1% para las pequeñas y medianas empresas (PYME) y la mantenía para los grandes contribuyentes. Sin embargo, la enmienda ingresada ayer establece una tasa pareja de 0,9%.

Los diputados Mellado y Frank Sauerbaum (RN) ingresaron una indicación para reducir ese interés a 0,5%. Sin embargo, se allanaron a la propuesta del gobierno, que fue visada por 11 votos a favor y uno en contra.

Modificaciones a impuestos incobrables

Luego fue el turno del capítulo sobre los procedimientos ante la TGR, aprobando la totalidad de los artículos e indicaciones. Por ejemplo, este capítulo norma la manera en que la Tesorería notificará a los contribuyentes sobre embargos o ejecución de deudas morosas; y el mecanismo de notificación a través de carta certificada o correo electrónico.

Una indicación relevante que fue aprobada por la instancia es la que se relaciona con las deudas que la Tesorería declara como incobrables, como las que correspondan a contribuyentes que hayan deducido querella por haber sido estafados o defraudados en dineros entregados para el pago de impuestos determinados, y siempre que se haya condenado a los culpables por sentencia que se encuentre ejecutoriada.

Hoy, la ley establece que la declaración de incobrabilidad sólo podrá efectuarse por aquella parte que no exceda, en los impuestos mensuales o esporádicos, de 50 UTM ($ 3.042.650) por cada período o impuesto; y en los impuestos anuales, en aquella parte que no exceda a 120 UTM ($ 7.302.360) por cada período.

En específico, Hacienda modificó el techo de ambos guarismos, reemplazando el primero por 100 UTM ($ 6.085.300) y el segundo por 240 UTM ($ 14.604.720).

El co-coordinador de Política Tributaria de Hacienda, Diego Riquelme, explicó ante los diputados que la idea es beneficiar a los contribuyentes que hayan sido perjudicados, al establecer mayores rangos de deudas calificadas como incobrables por la TGR. Riquelme acompañó en la instancia al ministro Mario Marcel y a la subsecretaria Claudia Sanhueza.

Ahora, la comisión se abocará a partir de mañana martes -y en doble jornada también el miércoles- a tratar el comparado sobre fiscalización y relación del Servicio de Impuestos Internos (SII) con el contribuyente.

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