¿Retribución o un impuesto encubierto? El debate que abre el FES entre los especialistas
Para algunos, es un nuevo tributo a las rentas del trabajo, mientras otros enfatizan que al haber una contraprestación, no sería un gravamen como tal.
Por: Sebastian Valdenegro
Publicado: Miércoles 9 de octubre de 2024 a las 04:00 hrs.
Noticias destacadas
La presentación del nuevo sistema que reemplazará al Crédito con Aval del Estado (CAE), a través de un sistema público de Financiamiento de la Educación Superior (FES), ha suscitado una serie de debates, como si es prioridad hoy condonar las deudas educativas o el costo fiscal que podría implicar.
Uno de los principales es la naturaleza de la denominada “retribución” que deberán pagar los egresados para solventar el funcionamiento del FES.
Hay quienes plantean que se estaría cobrando una suerte de impuesto encubierto a las rentas del trabajo o al egresado con esta medida, mientras que otros enfatizan que al haber una contraprestación (el financiamiento de la carrera) no se cumplirían las condiciones para hablar de gravamen.
El socio de Tax & Legal de Deloitte, Hugo Hurtado, plantea que de lo que se conoce hasta ahora del proyecto, la retribución podría considerarse como tributo, ya que existiría una prestación pecuniaria obligatoria a entidades públicas para financiar el gasto público en virtud de una ley.
“Si lo pagado se destina a un fin específico, como financiar la educación, esto estaría en conflicto con el principio de no afectación de la Constitución”, dice el especialista, en referencia a que un tributo no puede financiar un gasto específico.
Un punto similar plantea el socio de Auren, Eduardo Irribarra, para quien el carácter de “voluntario” de la retribución le restaría carácter de impuesto, aunque señala: “Dado que en nuestra historia política no es raro el uso de tributos encubiertos, si este mecanismo llega a cumplir con las condiciones propias de un tributo, y considerando que la Constitución ofrece una definición amplia al respecto, será necesario evaluar si dicha retribución vulnera el principio de no afectación”.
La socia de Tax & Legal de PwC, Loreto Pelegrí, ve “visos” de un tributo en el funcionamiento de la retribución, como por ejemplo que se hable de “retención mensual, con lo que habría que involucrar a los empleadores para que exista una retención mensual adicional por ese monto sobre la remuneración”.
El socio de Bustos Tax & Legal, Claudio Bustos, cree que es “discutible” hablar de contribución en lugar de un impuesto, ya que “habría que ver realmente qué tipo de contraprestación es y si esto califica o no para una contribución”.
Mientras que Andrés Ossandón, socio de Arteaga Gorziglia, ve un nuevo impuesto a las rentas del trabajo que sean obtenidas por los egresados bajo este nuevo sistema, ya que su destino “no sería pagar directamente el financiamiento recibido, sino que contribuir solidariamente al sistema”.
Por qué no
El socio de Tax & Legal de BDO Chile, Cristián Vargas, explica que la definición clásica de impuesto es financiar el gasto público sin recibir a cambio un servicio o bien específico, lo que no ocurriría en este caso.
“No obstante que el sistema FES anunciado, presenta elementos que podrían asemejarse a un impuesto (progresividad, obligatoriedad, solidaridad), si se considera la retribución como un pago realizado como contraprestación por el servicio educativo recibido, no correspondería a la definición de un impuesto propiamente tal. Esto la acercaría más a una tasa o contribución”, dice.
El presidente de la Comisión Tributaria del Colegio de Contadores, Juan Alberto Pizarro, es “claro” en que no se está en la presencia de un impuesto, “los que por esencia son coercitivos y no otorgan derecho a contraprestación específica. Acá más bien estamos en presencia de una deuda exigible, cuyo mecanismo de cobrabilidad se nutre de la información de la Operación Renta”, asegura.
Una cosa importante de analizar, dice el socio de Impuestos Internacionales y Transacciones de EY, Darío Romero, es si la retribución puede considerarse dentro del concepto amplio de tributos que usa la Constitución, y por lo tanto ver si se cumple con el principio constitucional que prohíbe la afectación específica de los mismos. "Dado que este monto retribuiría los servicios educativos, dependiendo de su implementación, podría sostenerse que está afecto a un fin específico, por lo que deberá discutirse este punto con atención en la etapa legislativa", agrega.
Te recomendamos
ARTICULOS RELACIONADOS
Newsletters
LO MÁS LEÍDO
Expertos y ANP alertan que artículo que suma una excepción a la Ley de Propiedad Intelectual afectará los derechos de autor de la prensa
El artículo 8° permitirá que terceros usen grandes volúmenes de datos -texto, sonido e imagen- sin pagar derechos de autor, siempre y cuando la actividad “no sea una explotación encubierta de las obras protegidas”.
El rol de los directores independientes en voz de Manola Sánchez (Bci), Rafael Fernández (SAAM) y Rafael Guilisasti (Concha y Toro)
Sostienen que hoy el foco está en el resguardo de conflictos de interés, su rol como complemento estratégico y la capacidad de enriquecer la discusión al interior del directorio.
BRANDED CONTENT
¡Openday llega a Valdivia!. Una instancia abierta y gratuita dirigida a todo público
El evento se realizará el miércoles 22 de abril en el Work/Café Valdivia. Combinará educación financiera, asesorías personalizadas y contenidos prácticos para apoyar decisiones de inversión, en un escenario de mayor incertidumbre y en plena Operación Renta.
¡Openday llega a Valdivia!. Una instancia abierta y gratuita dirigida a todo público
El evento se realizará el miércoles 22 de abril en el Work/Café Valdivia. Combinará educación financiera, asesorías personalizadas y contenidos prácticos para apoyar decisiones de inversión, en un escenario de mayor incertidumbre y en plena Operación Renta.
Dra Susan Bueno y el impulso que la mueve a avanzar, investigar y aportar a la sociedad.
Su curiosidad temprana la llevó a estudiar las enfermedades infecciosas y a contribuir en el desarrollo de la primera vacuna aplicada masivamente en Chile contra el Covid-19. Hoy, la Dra. Susan Bueno, reconocida en 2024 como inventora del año, continúa aportando desde la investigación al fortalecimiento de la salud. Mira aquí su entrevista
Instagram
Facebook
LinkedIn
YouTube
TikTok